Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 17 de Enero de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución17 de Enero de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para decidir sobre su ADMISIBILIDAD, conoce la Sala de lo Penal de la Corte Suprema del RECURSO DE CASACIÓN formalizado por el apoderado judicial de V.M.Á.S. en contra de la sentencia de segunda instancia No. 23 de 2 de marzo de 2005, emitida por el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, que CONFIRMA la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN impuesta a Á., por ser AUTOR del DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, cometido en perjuicio de R.O.C..

El libelo de casación es dirigido al Magistrado Presidente de la Sala de lo Penal, tal como lo establece el artículo 101 del Código Judicial. Se impugna una medida jurisdiccional proferida por un Tribunal Superior de Distrito Judicial en su condición de tribunal de segunda instancia; el proceso investiga la comisión de un DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PARTICULARES, cuya pena es superior a los dos años de prisión, por lo que se cumple con el primer párrafo que prevé el artículo 2430 del Código Judicial.

El escrito cumple con los requisitos que señalan los numerales 1 y 2 del artículo 2439 del Código Judicial, ya que la resolución objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo concede la ley, y ha sido interpuesto en tiempo oportuno.

Al confrontar el recurso de casación con los elementos que exige el numeral 3 del artículo 2439 del Código Judicial, se aprecia la historia concisa del caso, una causal de casación en el fondo y tres motivos.

Al examinar en detalle cada requisito, se advierte que la

HISTORIA CONCISA DEL CASO dedica su atención a mencionar el contenido de NUEVE PRUEBAS TESTIMONIALES, lo que es incorrecto, porque en esta sección debe limitarse en señalar los hechos más importantes del expediente, por ejemplo, las diligencias que dieron origen a la investigación, el cargo que le imputaron a ÁLVAREZ durante la etapa de instrucción, el auto de calificación de las sumarias, la sentencia definitiva de primera instancia y la proferida por el TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL, en su condición de Tribunal de Segunda instancia, y que es el objeto de este recurso de casación.

Considera la Sala que la historia concisa del caso ha sido formulada de manera incorrecta, lo que infringe el literal a), numeral 3 del artículo 2439 del Código Judicial.

El escrito de casación invoca UNA CAUSAL DE CASACIÓN, que se refiere al caso en que la sentencia atacada ha incurrido en error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido en lo dispositivo del fallo e...

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