Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 20 de Marzo de 2006

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La licenciada ASUNCIÓN ALONSO DE M., defensora de oficio del señor U.M.P., ha solicitado el desglose del expediente seguido a su defendido por el delito de tráfico internacional de drogas, debido a que desea acogerse al tratado de cumplimiento de pena entre Panamá y Colombia.

Siendo que, según el artículo 530, numeral 4 del Código Judicial, los documentos originales, sean públicos o privados, pueden desglosarse, de un expediente para entregarlos a quien los haya presentado, siempre que hubiere precluido la oportunidad para tacharlos de falsos o desestimada la tacha, con la única obligación de dejar en el expediente copia autenticada de los documentos desglosados y la constancia de quién recibió el original u originales, esta Superioridad no encuentra impedimento para acceder a la solicitud de la letrada, por cuanto la fase para tachar los documentos allegados al proceso penal de marras, precluyó.

Por otra parte, del examen del cuaderno penal, nos percatamos que el señor U.M.P., de nacionalidad colombiana, rindió declaración indagatoria (fs.62) y fue condenado a la pena de OCHO (8) años de prisión por ser autor del delito de tráfico internacional de drogas, mediante sentencia 53 de 31 de mayo de 2004, dictada por el Juzgado Tercero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá (fs.441-463), decisión confirmada por la sentencia 193 S.I...

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