Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 21 de Febrero de 2003
Ponente | Aníbal Salas Céspedes |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2003 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
El Lic. E.C.A. en representación de R.D.B. presentó Recurso de Revisión contra la Sentencia de 4 de mayo de 2000, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante la cual condenó a R.D.B. a la pena de CUARTO (4) AÑOS de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por DOS (2) AÑOS contados a partir que se cumpla la pena principal, como autor del delito consumado de Abusos Deshonestos en perjuicio de las menores E.C.P. y A.J.G.P..
Se presentan las siguientes pruebas:
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Copia ejecutoriadas y autenticada de la sentencia de fecha 4 de mayo de 2000, expedida por el Juzgado Décimo Cuarto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá. (Fs. 7-14)
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Copia de la Querella Nº.102-98 suscrita por el señor J.E.G.D., el 1 de abril de 1998. (Fs.15-18)
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Declaración Jurada rendida por E.Y.P.A., el día 1 de abril de 1998. (Fs. 19-23).
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Examen Médico Legal del Instituto de Medicina Legal en la menor E.C.P.. (F. 24)
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Declaración Indagatoria de R.D.B., de fecha 4 de junio de 1998. (Fs. 25-29)
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Declaración Jurada rendida por ARGELIA AGUILAR DE B. de fecha 11 de junio de 1998. (Fs.30-32)
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Examen de Psiquiatría Forense en la persona de E.C.P. y A.G.P.. (Fs.33-35)
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Declaración Jurada Notarial de la señora EMILIA YANETH PEREZ AGUILAR (Ley Nº 31 del 28 de mayo de 1998 de la Protección a las Víctimas del Delito, artículo Nº.2, numerales 5 y 6).(Fs.36-39)
El Licenciado E.C.A. invoca como fundamento de este recurso extraordinario, la causal contenida en el numeral 6 del artículo 2454 del Código Judicial:
"Habrá lugar a Recurso de Revisión contra las sentencias ejecutoriadas, cualesquiera que sea el Tribunal que las hubiere dictado, en los casos siguientes:
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Cuando se hubiere obtenido en virtud de cohecho o violencia;
El recurrente señala como motivo de su disconformidad la violencia e intimidación contra la persona del señor R.D.B., y su esposa ARGELIA AGUILAR DE B., medio a través del cual se obtuvo la Querella presentada por los padres de las menores señor J.E.G.D. y E.Y.P.A., con la finalidad malsana de vengarse de los hechos falsamente endilgados al imputado. Se señala el empleo de armas y amenazas de muerte, que no se concretaron físicamente, porque decidieron materializar la patraña con hacerle cargos deshonestos en la persona de sus menores hijas E.C.P., de 7 años de edad y A.J.G.P., de 4 años de edad. En esta forma cumplían con su venganza de...
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