Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 26 de Agosto de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado R.M., apoderado judicial de ANGEL VALENCIA ALFONSO y L.E.R.M., concurre ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con el propósito de formalizar recurso de casación penal contra la Sentencia calendada 17 de febrero de 2005, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, que confirmó la resolución de primera instancia, en la cual se condenó a los prenombrados VALENCIA ALFONSO y ROBLEDO MORENO a cumplir la pena de cuarenta (40) meses de prisión, como responsables del delito de posesión agravada de drogas ilícitas.

Finalizado el término en lista que señala el artículo 2439 del Código Judicial, procedemos a examinar el libelo de casación a fin de decidir sobre su admisibilidad.

En tal sentido observamos, que el casacionista cumple con lo estipulado en el artículo 101 del Código Judicial, toda vez que el libelo de casación fue dirigido al magistrado presidente de la Sala Penal; al igual que la sentencia recurrida en casación fue proferida por un tribunal superior en segunda instancia, y por un delito que contempla pena superior a los dos años de prisión.

En cuanto a la historia concisa del caso, observamos, que el recurrente redactada esta sección del recurso en forma breve, sin embargo, hace alusión a diferentes pruebas contenidas a lo largo del proceso, como las declaraciones de Á.A.V.A. y L.R.M.; contrariando de esta manera lo exigido por la técnica casacionista, que requiere que la historia sea redactada de forma breve y sucinta, relatando aquellos hechos que dieron origen al proceso.

SITUACIÓN DEL SEÑOR ANGEL VALENCIA ALFONSO (Fs. 245-248:

El abogado casacionista invoca como única causal de fondo el "Error de derecho al calificar el delito si la calificación ha debido influir en el tipo o en la extensión de la pena aplicable que ha influido en lo dispositivo de la sentencia y que implica violación de la ley sustancial penal", no obstante, se aprecia, que la causal de error al calificar el delito, contiene dos supuestos que son:

S Cuando la calificación ha debido influir en el tipo; o,

S Cuando la calificación ha debido influir en la extensión de la pena aplicable.

El primero ocurre cuando al procesado se le sanciona por un delito distinto del cual fue llamado a juicio, mientras que en segundo supuesto opera cuando se condena al procesado con base a un tipo penal que, si bien se encuentra dentro del capítulo o título por el cual fue llamado a juicio en forma...

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