Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 31 de Mayo de 2005

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial por medio de sentencia calendada 13 de octubre de 2004, previa revocatoria del fallo absolutorio de 23 de marzo de 2004, proferido por el Juzgado Segundo, Ramo Penal del Tercer Circuito Judicial de Panamá, se declara penalmente responsable a L.A.C.Q., y se le condena a la pena de 72 meses de prisión e igual periodo de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por la comisión del delito de robo agravado consumado (fs.1085-1096).

Luego de notificada la sentencia de segunda instancia, la defensa técnica de C.Q., anunció recurso de casación (f. 1100), el cual formalizó en tiempo oportuno (f. 1109-1116).

Corresponde en esta oportunidad examinar el escrito de casación presentado, con el objeto de resolver sobre el cumplimiento de los requisitos legales que nuestro ordenamiento jurídico exige para su admisibilidad.

En cumplimiento de esa labor jurisdiccional, se constata que el libelo de casación adolece de defectos subsanables al tenor del artículo 2440 del Código Judicial. En efecto, al exponerse el artículo 186 del Código Penal como norma sustantiva violada, se indica que fue infringido en el concepto de violación directa por comisión. Observa el Tribunal de Casación que ese cargo de infracción resulta incongruente con lo pedido por el recurrente, que es la absolución del procesado L.A.C.Q., tal como se aprecia a foja 1116.

En este sentido, el casacionista debió alegar la indebida aplicación, toda vez que dicho concepto de la infracción se da cuando "el Tribunal al seleccionar la norma aplicable al...

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