Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 28 de Julio de 2008
Ponente | Esmeralda Arosemena de Troitiño |
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2008 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Para resolver admisibilidad, se encuentran sendos recursos de casación en el fondo presentados por el licenciado E.G.A., en su condición de F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, contra la Sentencia de Segunda Instancia No.103 de 1 de noviembre de 2007, proferida por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá.
La resolución atacada reforma la sentencia de primera instancia, en el sentido que condena a D.R.C., a la pena de veinticuatro meses de prisión y ciento cincuenta (150) días multas a razón de cuatro balboas (B/.4.00), como autor del delito de Posesión Simple de Drogas Ilícitas, y confirma la absolución de los ciudadanos Z.Z. CASTILLO Y A.C.L., de los cargos que les fueron formulados dentro del proceso instruido por delito Contra la Salud Pública.
En este momento procesal corresponde examinar los libelos de casación formalizados, a efectos de determinar si cumplen satisfactoriamente los requisitos de admisibilidad contemplados en los artículos 2430 y 2439 del Código Judicial, que han sido desarrollados por reiterada jurisprudencia de esta Corporación de Justicia.
Los recursos están dirigidos a la Magistrada Presidenta de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, tal cual lo dispone el artículo 101 del Código Judicial, fueron presentados por persona hábil, promovidos dentro del término establecido por las normas de procedimiento penal, contra una resolución que admite este tipo de recurso extraordinario y por delito cuya sanción es superior a 2 años de prisión.
Se tiene que son tres los libelos de casación formalizados por el Representante del Ministerio Público, con el objeto que se case el fallo impugnado y se condene a los señores D.C., Z.Z.Y.A.C., por la comisión de delitos Contra La Salud Pública (fs.303 a 329).
El estudio de admisibilidad de los recursos, pone en evidencia una similitud, no sólo en cuanto a la pretensión del casacionista, sino también respecto a su estructura y contenido, como a continuación se resalta.
En cada uno de los libelos, la sección de la historia concisa, se hace una relación breve y concreta de los hechos que dieron lugar a la sentencia impugnada.
La primera causal de casación invocada en todos los recursos, es el "error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado e implica infracción de la ley sustancial penal", que se encuentra contenida en el numeral 1 del Artículo 2430 del Código Judicial. Esta...
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