Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Agosto de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2008
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para resolver sobre su admisibilidad, conoce la Sala Penal de la Corte Suprema, recurso de casación en el fondo presentado por el licenciado I.C.P., Fiscal Primero del Circuito de Herrera, contra la sentencia de 19 de febrero de 2008 proferida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial.

La medida jurisdiccional censurada, vía casación, confirma la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Segundo del Circuito de Herrera, Ramo Penal, mediante la cual se CONDENA a D.J. M. OJO por los delitos CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSONAL (LESIONES PERSONALES) y de VIOLENCIA DOMESTIVA en perjuicio de ALIXIS FLORES Y OTILIA OJO y se le ABSUELVE del delito CONTRA EL PUDOR, LA INTEGRIDAD Y LA LIBERTAD SEXUAL (VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA) en perjuicio de Eivis Edita Quintero.

En este momento procesal corresponde examinar el libelo de casación formalizado, a los efectos de determinar si cumple satisfactoriamente los requisitos de admisibilidad contemplados en los artículos 2430 y 2439 del Código Judicial, que han sido desarrollados por reiterada jurisprudencia de esta Corporación de Justicia.

La iniciativa fue anunciada y sustentada en tiempo oportuno y la censura se dirige contra una sentencia condenatoria de segunda instancia, dictada por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, en un proceso por delito que tiene aparejada una sanción penal superior a los dos años de prisión.

Para el cumplimiento de los requisitos que se refieren a la estructura formal del recurso, el casacionista hace referencia a la historia concisa del caso y aduce una causal de fondo.

Con relación a la historia concisa del caso, el recurrente atiende el criterio de la jurisprudencia en cuanto es redactada en forma breve, suscinta y narrando los principales hechos que dieron origen al proceso, absteniéndose de efectuar transcripciones de elementos probatorios y de formular apreciaciones subjetivas. Consigna así, que el negocio penal se inicia con el informe de Novedad procedente de la policía Nacional de Pesé, que el tribunal de primera instancia abrió causa criminal contra D.J.M. OJO por el delito CONTRA EL PUDOR, LA INTEGRIDAD Y LA LIBERTAD SEXUAL (VIOLACIÓN SEXUAL EN GRADO DE TETANTIVA), resultando absuelto en primera instancia y confirmado en segunda instancia mediante sentencia de 19 de febrero de 2008 proferida por el Tribunal Superior de Cuarto Distrito Judicial.

La causal que se invoca, error de derecho en la apreciación de la prueba que...

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