Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Mayo de 2008

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2008
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En conocimiento de la Sala de lo Penal, se encuentra el recursos de casación en el fondo planteado por la licenciada ABRIL A.Z., en su condición de Fiscal de Adolescentes del Segundo Circuito Judicial de Panamá, contra la Sentencia de Segunda Instancia Nº 24 D.A. de 13 de septiembre de 2007, proferida por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia, mediante la cual se confirma la sentencia de primera instancia, que impuso al joven Y.A.S.P., la pena de 30 meses de prisión, por el delito de robo agravado en perjuicio de WEI YAO CHEN.

La iniciativa propuesta, visible de foja 244 a 249 del expediente, fue admitida por el despacho ponente, mediante resolución judicial calendada 9 de enero de 2008 (fs.261-264) y el día 7 de febrero de 2008, la Procuraduría General de la Nación contestó el traslado, expresando su opinión en torno al cargo formulado en el libelo de impugnación (fs.265-273). El 25 de marzo de 2008 se celebra el acto de audiencia oral con la intervención de la Fiscal Recurrente (fs.276-284). La casacionista no presentó escrito sobre el alegato de la audiencia.

Agotados los pasos legales que establecen los artículos 2439, 2441, 2442 y 2444 del Código Judicial, corresponde al Tribunal de Casación determinar si la censura formulada en el recurso extraordinario, tienen mérito para producir el quebrantamiento de la sentencia atacada.

LOS ANTECEDENTES DEL CASO

De la historia concisa del caso presentada por la Fiscal recurrente, extrae la Corte que el negocio penal trasciende a través de la denuncia presentada por el señor WEI YAO CHEN, en la que expone que en su negocio Minisuper León se registró un suceso criminal en el que supuestamente intervienen tres sujetos, uno de los cuales se encontraba armado y los otros dos con objetos cortantes, quienes ingresaron al local, golpearon al denunciante y sometieron a los presentes, llevándose el dinero y otros enseres.

En la jurisdicción penal de adolescentes se formularon cargos por este evento delictivo, contra Y.A.S.P., ya que para la fecha de los hechos, era menor de edad. Así, el Juzgado penal de Adolescentes del Segundo Circuito Judicial de Panamá, dictó Auto de Llamamiento a Juicio, el día 28 de mayo de 2007, y posteriormente, en la Audiencia de Fondo celebrada el 18 de junio de 2007, el Ministerio Público solicita la sanción de Órdenes de Orientación y Supervisión, coincidiendo con la petición formulada por la Defensa Pública. Mediante Sentencia N°45-07 de 19 de junio de 2007, el juez de la causa condena al imputado a la pena de treinta (30) meses de privación de libertad en el Centro de Cumplimiento de Tocumen.

La resolución condenatoria es apelada por la Agencia Fiscal y por la Defensa Oficiosa, siendo confirmada por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia, mediante Sentencia N°24-D de 13 de septiembre de 2007 (fs.227-234). El fallo de segundo grado motiva la interposición del recurso de casación penal, que a continuación se pasa a decidir.

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN

Se procede al análisis del recurso planteado por la Fiscal Recurrente, la Licenciada ABRIL A.Z..

La causal propuesta es "Que la sanción impuesta no corresponda a la responsabilidad del imputado", supuesto consagrado en el numeral 12 del artículo 2430 del Código Judicial.

Dicha causal se apoya en tres...

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