Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Marzo de 2009

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Celebrada la audiencia oral y pública programada para este caso, corresponde emitir la sentencia que decide el recurso extraordinario de casación en el fondo presentado por el licenciado E.M.P., Fiscal Primero de Circuito de Bocas del Toro dentro del proceso penal seguido a E.H.R. y K.B.D.R., por supuesto delito contra la salud pública.

El presente recurso de casación impugna la Sentencia Penal de veintiséis (26) de junio de dos mil siete (2007), proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial de Chiriquí y Bocas Del Toro, a través de la cual se confirma la Sentencia No. 18 de 12 de marzo de 2007, dictada por el Juzgado Segundo del Circuito de Bocas Del Toro, Ramo Penal.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

La presente encuesta penal se inició con la remisión por parte del Detective III, F.M.G., J. Encargado de la Sección de Estupefacientes de la Provincia de Bocas del Toro, del Oficio No. SEBT-093-06 de 4 de abril de 2006 al licenciado E.C.S., Fiscal Segundo del Circuito de la Provincia de Bocas Del Toro, en el que se solicita al agente instructor ordenar la práctica de una diligencia de allanamiento y registro a la residencia del ciudadano E.R. (a) Cuervo, ubicada en Changuinola, El Silencio, primera barriada, después del puente, entrando a mano derecha, tercera casa de color melón, a la mano derecha, casa de madera de tambo de color lila claro.

Al realizarse la diligencia de allanamiento y registro el día 4 de abril de 2006, se encontró en la residencia hierba seca, así como veintitrés (23) carrizos y un masetero con siete (7) plantas pequeñas las cuales dieron positivo para la determinación de la droga conocida como marihuana y cocaína. Además se determinó que dentro de la vivienda se encontraban E.H.R. y K.B.D.R., quienes fueron llamados a rendir sus descargos.

K.B.D.R. al rendir declaración de descargos, reconoció que ella le dio droga (marihuana) a E.R.. En diligencia de careo realizada entre los imputados, la sindicada K.B.D.R. aceptó que sacaba las semillas de marihuana en compañía del imputado E.R. y la guardaban aparte.

Concluida la fase de instrucción sumarial, el Juzgado Segundo del Circuito de Bocas del Toro Ramo Penal, celebró la audiencia preliminar, la cual se sustanció mediante el proceso abreviado y en el mismo acto decidió llamar a los sindicados a juicio. Seguidamente, a través de la Sentencia No. 18 de 12 de marzo de 2007, se encontró responsable del delito de siembra y cultivo de marihuana a E.H.R. y lo condenó a la pena de cuarenta (40) meses de prisión. Mientras que a K.B.D.R. la condenó a dieciséis (16) meses de prisión por el delito de posesión simple de drogas. Decisión que fue confirmada mediante sentencia de 26 de junio de 2007.

CAUSAL INVOCADA

Se invoca como única causal el error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado y que implica violación de la ley sustancial penal, prevista en el numeral 1 del artículo 2430 del Código Judicial.

MOTIVOS

PRIMER MOTIVO: El Tribunal de Segunda Instancia, en la sentencia impugnada, al valorar la declaración indagatoria de K.B.D.R., visibles de foja 31 a 35, así como la diligencia de careo entre E.H.R. y K.B.D.R. a folios 83 a 87, no apreció los indicios que se desprendían de tal diligencia cuando la misma reconoció haberse encontrado en el lugar señalado en la Diligencia de Allanamiento y Registro donde se encontraron las semillas de MARIHUANA que era el cuarto ocupado por su persona. Tampoco apreció el indicio que se desprendía de la conducta de la sindicada cuando en la misma diligencia señaló haber entregado MARIHUANA al imputado E.H.R.. De haber apreciado y valorado tales indicios y de haberlos confrontado con la Diligencia de Allanamiento y Registro, habría concluido que K.B.D.R. sí era poseedora de las semillas de sustancia ilícita, además de que la misma traspaso (sic) sustancia ilícita al imputado E.H.R. y si (sic) existían los elementos de convicción suficientes para modificar la sentencia de condena proferida por el Juzgado del conocimiento.

SEGUNDO

El Tribunal de Segunda Instancia, en la sentencia impugnada valoró incorrectamente la Diligencia de Allanamiento y Registro, visible a fojas 10-11, donde se deja constar que se encontró en la habitación ocupada por K.B.D.R. semillas de sustancia ilícita así como hierba seca (MARIHUANA). De haber valorado correctamente esta Diligencia de Allanamiento y Registro el Tribunal de alzada habría colegiado que el mismo establece que en la habitación ocupada por K.B.D.R. se encontraron semillas de Marihuana, así como hierba seca; pero que ello en modo alguno no descartaba que no hubiese estado en posesión de la misma. De haber colegido esto, el Tribunal Superior habría determinado que esta Diligencia de Allanamiento y Registro no enervaba ni restaba fuerza probatoria a los descargos formulados por los imputados los cuales fueron debidamente ratificados. Con tal convicción el Ad-quem habría confirmado que K.B.D.R. sí era la poseedora de las semillas de condena proferida por el Juzgado del conocimiento debía ser modificada."

DISPOSICIONES LEGALES INFRINGIDAS Y CONCEPTO DE LA INFRACCION

El casacioncita Invoca como disposiciones legales infringidas los artículos 781, 897, 917 y 983 del Código Judicial, así como el 257 y 260 del Código Penal.

Estima el censor que en la resolución impugnada se conculca...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR