Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 12 de Marzo de 2009

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Cumplidas la fase de admisión y sustanciación, y luego de celebrar la audiencia oral y pública del recurso de casación en el fondo presentado por la licenciada S.B. dentro del proceso penal seguido a R.E.A.D., por el delito de traspaso de drogas ilícitas, corresponde a esta Superioridad resolverlo.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

El presente proceso penal tiene su génesis el 30 de enero de 2003 con la operación identificada "NICA" dirigida a identificar a los integrantes de una supuesta organización dedicada al tráfico de drogas producto de información allegada a las autoridades sobre un ciudadano de nacionalidad nicaragüense de nombre "J.J.M.", quien estaba interesado en la venta de 40 kilos de drogas ilícitas.

De la operación encubierta resultaron detenidos los señores R.D.A.Á., D.A.B. De La Cruz (q.e.p.d.) y J.J.M.G., a quienes se les encontró en el vehículo estacionado en el Almacén el Machetazo, 5 paquetes contentivos en su interior de la presunta droga conocida como cocaína.

Durante la fase de instrucción sumarial el 7 de febrero de 2003 la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas profiere diligencia de cabeza de proceso y dispone recibirle declaración indagatoria a R.E.A.D., por los señalamientos en la diligencia indagatoria del coimputado R.D.A..

Además, se realiza diligencia de allanamiento por la Fiscalía Primera a la residencia de R.E.A.D., ubicada en Bethania, El Ingenio, barraca 51, cuarto s/n, en presencia de la señora F.Á.V.. de D. quien manifestó que lo encontrado en la recámara, los 5 paquetes envueltos en forma rectangular, de regular tamaño que se presume sea droga ilícita, pertenece a su nieto R.. Al ser recabada para la fecha del 7 de febrero de 2003 la sustancia presuntamente ilícita, se ordena la prueba de campo a foja 33 y se envía para su peso total al Laboratorio Técnico de Especialidades de Drogas (f. 196) que arrojó una mezcla de 30% de cocaína y harina, que al resolver la alzada, ignora y no considera ni le asigna valor alguno al elemento probatorio (fs. 33-196).

Al concluir la fase sumarial, el Juzgado Segundo del Segundo Circuito Judicial de Panamá del Ramo Penal, abrió causa criminal en contra de los procesados quienes solicitaron en el acto de audiencia el proceso abreviado, con excepción del imputado R.E.A.D. como presunto infractor de las disposiciones legales contenidas en el Capítulo V, Título VII del Libro II del Código Penal, es decir, por el delito contra la salud pública y mediante sentencia de 10 de julio de 2006, se condenó al procesado a la pena de 96 meses de prisión. Contra esta decisión se interpuso recurso de apelación oportunamente y el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial al resolver la alzada el ad-quem confirmó la decisión de primera instancia.

  1. CAUSAL INVOCADA

    "El error de hecho en cuanto a la existencia de la prueba, que implica infracción de la ley sustancial penal y ha influido en lo dispositivo del fallo impugnado", contenida en el numeral 1 del artículo 243...

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