Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 20 de Abril de 2009

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución20 de Abril de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Mediante resolución de tres (3) de marzo de dos mil nueve (2009), esta S. ordenó la corrección del recurso de casación interpuesto por el licenciado L.B.Q., en representación de M.Á.M.C., contra la Sentencia de Segunda Instancia Nº135-S.I. de 17 de julio de 2008, dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia.

Una vez cumplido el término establecido en el artículo 2440 del Código Judicial, que ordena la corrección del recurso anunciado, se procede a examinarlo, con la finalidad de decidir sobre su admisibilidad.

En tal sentido, observamos que el recurrente cumple con lo dispuesto en la resolución de tres (3) de marzo de dos mil nueve (2009) atendiendo la corrección de los motivos de la única casual invocada, Error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo y que implica violación de la ley sustancial penal, en el sentido de censurar el juicio valorativo de la denuncia suscrita por C. A. A. (fs. 1-5, 23, 65, 93-124 y 153-155) y la Diligencia de reconocimiento Fotográfico (fs. 187-189) en dos motivos.

De igual forma, en la sección de las disposiciones legales infringidas, formuló planteamientos cónsonos con la causal invocada y que guardan relación con los motivos.

Dado lo anterior, esta S. concluye, en...

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