Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 7 de Agosto de 2009

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para resolver su admisibilidad, conoce la Sala de lo Penal de la Corte Suprema del recurso de casación formalizado por la licenciadaNidia Herrera de L., Defensora Oficiosa de V.A.A., contra la Sentencia de Segunda Instancia fechada 13 de febrero de 2009, proferida por el Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia,mediante la cual se revoca la Sentencia No.19 de 16 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Segundo Penal de Adolescente de Panamá, en el sentido de declarar penalmente responsable al procesado A.A., del delito de Violación Carnal, en perjuicio de M.E.O., L.E.B. y L. S. y del delito de Robo Agravado, en perjuicio de C.V.C., J.L.M., entre otros y lo condena a la pena de ocho (8) años y ocho (8) meses de prisión en el Centro de Cumplimiento de Tocumen.

Para preservar el principio o confidencialidad del proceso se utilizan las iniciales del adolescente, enunciados en los hechos.

Vencido el término de lista procede resolver sobre la admisibilidad del recurso presentado.

Con relación a los requisitos externos que deben cumplirse en la presentación de este medio de impugnación extraordinario, la Sala confirma que la resolución es susceptible del recurso, por cuanto se trata de una sentencia de segunda instancia, dictada por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, dentro de un proceso por delito con sanción superior a los dos años de prisión, aspectos que viabilizan la iniciativa, de conformidad con el artículo 2430 del Código Judicial. Consta que el anuncio y formalización del recurso se hizo oportunamente, por persona hábil y fue dirigido a la Magistrada Presidenta de la Sala Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 101 Lex Cit.

Respecto a los requisitos formales que establece el numeral 3 del artículo 2439 Lex cit y que guardan relación con la historia concisa del caso, la invocación de la causal, los motivos, las disposiciones infringidas y el concepto en que lo han sido, se advierte lo siguiente:

La sección correspondiente a la historia concisa contiene un detalle de las actuaciones más relevantes del proceso (inicio de la investigación, llamamiento a juicio y decisión del Tribunal de primera y segunda instancia), de allí que ha sido presentada de forma correcta.

La recurrente fundamenta su recurso en dos causales de fondo. En la primera de ellas, invoca"Error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido en lo dispositivo del fallo e implica infracción de la ley sustancial penal", y la...

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