Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 22 de Octubre de 2009

PonenteGabriel E. Fernández M.
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia del recurso de casación en el fondo interpuesto por el Licenciado R.D., contra la sentencia 2da. I.. No 051. de 26 de marzo de 2008, dictada por el Segundo Tribunal Superior de justicia del Primer Distrito Judicial, la cual confirma la sentencia No 87-07 de 10 de agosto del 2007, dictada por el Juzgado Primero de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá, mediante la cual se condena al señor B.D.V., a la pena de CUARENTA (40) MESES DE PRISIÓN e Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por igual término, por delito de LESIONES PERSONALES, cometido en perjuicio del señor R.A.M..

Como quiera que el recurso presentado reunía las formalidades de ley, fue admitido mediante resolución de fecha nueve (9) de febrero de 2009; la causal invocada por el casacionista, se encuentra contemplada en el numeral 1 del artículo 2430 del Código Judicial, es decir, "Error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo de la sentencia recurrida y que implica infracción de la ley sustantiva penal". La audiencia pública se realizó el día 29 de junio de 2009 ( fs. 405-412).

La historia concisa del caso presentada da cuenta que:

"La presente encuesta penal tiene su génesis en virtud de denuncia presentada por F.B.T. de A. el 19 de mayo de 2005, ante el Centro de Recepción de Denuncias de la Policía Técnica Judicial, Metro Este, en la que puso en conocimiento a las autoridades que el día 18 de mayo de 2005, B.D.V. había golpeado fuertemente a su esposo R.A.M. con un palo por la espalda, ocasionándole una lesión en la cabeza que lo mantenían hospitalizado (fs.1-3).

Iniciada la fase de instrucción sumarial y luego que se presentara formal denuncia por F.B.T. de A. en nombre y representación de su esposo R.A.M. y víctima del delito, quien formuló señalamientos directos contra nuestro patrocinado B.D.V., se ordenó recibirle declaración indagatoria como presunto infractor de las disposiciones legales contenidas en el Capítulo II, Título I, del Libro II del Código Penal, es decir, por la comisión del Delito de Lesiones Personales.

Al momento de rendir declaración indagatoria, B.D.V. aceptó haber tenido una fuerte discusión con la víctima, al cual originó una pelea entre ambos para defenderse de las agresiones físicas de que fue objeto por parte de R.A.M., contenida en la que resultó ser el vencedor.

Agostadas las diligencias pertinentes y recabadas las pruebas de rigor, el 6 de febrero de 2007, se realizó la audiencia preliminar, en donde el imputado se acogió al beneficio del proceso abreviado, y el Juzgado Primero, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá, abrió acusa criminal contra B.D.V. como presunto infractor de las disposiciones legales contenidas en el Capítulo II, Título I, del Libro II del Código Penal, es decir, por delito genérico de Lesiones Personales.

Mediante Sentencia Condenatoria No 87-07 de 10 de agosto de 2007, el Juzgado Primero, Ramo Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá, Condenó a B.D.V. a la pena de cuarenta (40) meses de prisión y a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual período una vez cumplida la pena principal, por la comisión del delito de lesiones personales agravadas, en perjuicio de R.A.M..

Contra la decisión anterior se promovió oportunamente recurso de apelación con la finalidad que, previa la revocatoria de la resolución judicial de primera instancia, Se Absolviera a B.D.V. de los cargos formulados en su contra o, en su defecto, se le aplicara una sanción penal menos severa tomando en cuenta que era un delincuente primario.

El Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, al resolver el recurso de apelación interpuesto, mediante Sentencia No 051 de 26 de marzo de 2008, Confirmó la sentencia apelada, decisión contra la cual se recurre a través de este recurso extraordinario de casación penal.

EL RECURSO

El casacionista como causal de fondo, invoca la contemplada en el...

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