Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 14 de Octubre de 2009

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

La Licda. ROSARIO GRANDA DE B., abogada de oficio del señor JOSE DE J.T., anunció y formalizó en tiempo oportuno, recurso extraordinario de casación en el fondo contra la Sentencia Nº 153 S.I., calendada 20 de octubre de 2006, mediante la cual el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, revocó la sentencia de primera instancia, fechada 20 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Noveno de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, y en su lugar condenó al prenombrado a cumplir la pena de treinta (30) meses de prisión, como responsable del delito de Hurto con abuso de confianza, en perjuicio de Refarmil Export and Export.

Evacuadas las fases de admisión, sustanciación y celebrada la audiencia pública, se procede a resolver el fondo del recurso presentado.

HISTORIA CONCISA DEL CASO

Según narra la recurrente, el presente negocio penal se inicia con la denuncia presentada por la señora L.A. de A., gerente de ventas de la empresa afectada, el día 19 de marzo de 2004, en la cual manifestó para el 16 de marzo del mismo año, el vendedor de la empresa, C.R., le informó que en el comercio denominado Minisuper La Pagoda, del Sector de Las Mañanitas, se estaba vendiendo alimentos para perros de la marca Eukanuba. Por tal motivo, conversó con el jefe de bodega de la empresa, señor R.M., quien le confirmó un faltante de 269 bultos de alimentos para perros de la referida marca. Al consultar a los tres encargados de la bodega, R.M., A.G. y J.T., la denunciante señala que los tres manifestaron que no sabían nada al respecto.

Estas tres personas fueron en su momento indagadas por las autoridades de instrucción, instancia en la cual todos negaron su participación en el hecho, señalando que además de las llaves de la bodega que ellos manejaban, existía otro juego en la administración, por lo otras personas también podían ingresar en ella.

Agotada la fase de instrucción, la Fiscalía a cargo del expediente, formuló cargos contra el imputado, que finalmente no prosperaron ante el fallo absolutorio del juzgado de primera instancia. Esta resolución fue recurrida por el agente fiscal, recurso atendido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que revocó el fallo de primera instancia y condenó al imputado a la pena de treinta (30) meses de prisión, medida que es objeto del presente recurso extraordinario.

LA CAUSAL ADUCIDA

La casacionista adujo la causal contenida en el artículo 2430, numeral 1 del Código Judicial...

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