Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 11 de Noviembre de 2009

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ingresa a la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia el recurso corregido de casación propuesto por el licenciado O.C., contra la Sentencia No. 142 de 18 de julio de 2008 proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial.

Por lo anterior, es preciso indicar que a través del auto de 23 de junio de 2009, el Magistrado Sustanciador ordenó la corrección del libelo de casación, debido a que no se identificó la causal que se invoca la cual como se le explicó debe guardar armónica colaboración con los motivos, las disposiciones legales infringidas y el concepto de la infracción (fs. 228-230).

Luego de revisar el memorial presentado por el licenciado O.C., se advierte que no se cumplió con lo ordenado, pues el censor si bien enuncia tres apartados para identificar las causales que sustentan el recurso, sin embargo, en cada epígrafe menciona dos. Veamos:

"PRIMERA CAUSAL EN EL FONDO

"Infracción de normas sustantivas de derecho por error de hecho sobre la existencia de la prueba que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo recurrido" Artículo 2430 numeral 2 del Código Judicial.

La Causal invocada es la contenida en el numeral 2 del artículo 2430 del Código Judicial, la que se identifica como: "Cuando se tenga delito un hecho que no lo es"....

SEGUNDA CAUSAL

Invocamos como segunda causal"Infracción de normas sustantivas de derecho, por el concepto de violación directa, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida" artículo 2430 numeral 7 del Código Judicial.

La causal invocada es la contenida en el numeral 7 del artículo 2435 del Código Judicial, la que se identifica "Cuando se haya procedido pro delito que requiera denuncia o querella de persona determinada, sin la previa denuncia o querella que requiere la ley....

TERCERA CAUSAL que invocamos

"Error de derecho en la apreciación de la prueba que ha influido en lo dispositivo del fallo, violación de la ley sustancial penal."

La causal invocada es la contenida en el artículo 918 del Código Judicial..."

La forma en que el censor estructuró el recurso no permite entrar al...

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