Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Diciembre de 2009

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada E.M.L., actuando en representación de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), ha interpuesto recurso de apelación contra la Decisión No. 12/2009 de 30 de abril de 2009 y aclarada por la Resolución No. 86/2009 de 1 de junio de 2009, ambas dictadas por la Junta de Relaciones Laborales de la Autoridad del Canal de Panamá (JRL), dentro del caso identificado como NEG-04/08.

Encontrándose la presente causa en estado de resolver, considera este Tribunal que con el propósito de contar con más elementos de juicio para decidir la presente controversia, debe dictarse este Auto Para Mejor Proveer de acuerdo a lo establecido en el artículo 62 de la Ley 135 de 1943 que preceptúa lo siguiente:

Es potestativo del Tribunal Contencioso-Administrativo dictar auto para mejor proveer, con el fin de aclarar los puntos dudosos u obscuros de la contienda. Para hacer practicar las correspondientes pruebas, se dispondrá de un término que no podrá pasar en ningún caso de treinta días, más las distancias.

Dado lo anterior esta S. juzga necesario solicitar a Junta de Relaciones Laborales de la Autoridad del Canal de Panamá, que haga llegar a esta Superioridad, copia debidamente autenticada de la Convención Colectiva de la Unidad Negociadora de los...

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