Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Enero de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona López
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.Q.D., en nombre y representación de J.A.P.R. ha propuesto recurso de casación laboral contra la Sentencia de 29 de octubre de 2002, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo, dentro del proceso laboral MACELLO, S.A. -vs- JOSE ANTONIO PÉREZ.

Del recurso de casación se le corrió traslado a la parte demada, de acuerdo al artículo 927 del Código de Trabajo, quien no hizo uso de su derecho en el término establecido en la Ley.

ANTECEDENTES DEL RECURSO

La génesis de este recurso extraordinario laboral lo constituye el despido de que fue objeto el señor J.A.P.R. por parte de Macello S.A., aplicándole el artículo 212 del Código de Trabajo, el cual permite terminar la relación laboral con trabajadores con menos de dos años de prestar servicios al empleador.

El trabajador, frente al despido, solicitó el reintegro ante la Dirección General de Trabajo, alegando que gozaba de fuero sindical. Esta dependencia del Ministerio de Trabajo, dictó la Resolución Nº 19-DGT-01 de 28 de agosto de 2001, la cual ordenó el reintegro del señor P.R. a sus labores en razón de que estaba protegido por el fuero sindical, en virtud del cargo de Sub- Secretario de Relaciones Internacionales para el período 2000-2002, en la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Compañía de Servicios, Supermercados, Casas Mayoristas y Minoristas de Víveres de Panamá.

Una vez notificada la empresa, ésta propuso proceso de impugnación de reintegro contra lo ordenado por la Dirección General de Trabajo, alegando que el despido se había llevado a cabo sin que al momento del mismo, el trabajador gozara de fuero sindical.

El Juez Cuarto de Trabajo de la Primera Sección, dictó la Sentencia No. 51 de 16 de septiembre de 2002, a través de la cual revocó la orden de reintegro ordenada por el Ministerio de Trabajo, a favor de P.R..

El sustento de la decisión del Juez A-quo, se circunscribió a señalar que el trabajador al momento del despido estaba desprovisto del fuero alegado, ya que no formaba parte de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Compañía de Servicios, de acuerdo a la certificación expedida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

El análisis jurídico elaborado por el Juzgador de Primera Instancia, fue recurrido por el trabajador, ante el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial.

DECISION DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO

El Tribunal Colegiado de Segunda Instancia al conocer de la alzada, emitió la Sentencia de 29 de octubre de 2002, confirmando en todas sus partes la decisión del Juez Primario. La conclusión básica a la que arribó el ad-quem fue la siguiente:

"Ahora bien, existe en el proceso prueba aportada en el acto de audiencia donde se explica que el trabajador, si bien no fue electo como suplente de Secretario de Relaciones Internacionales para el 17 de junio de 2000, éste fue designado posteriormente al quedar vacante la posición por renuncia del titular, lo cual según dicha certificación ocurrió el 19 de junio de ese mismo año; no obstante debe apreciarse, y en ese sentido le asiste la razón al oponente, que el artículo 991 del Código de Trabajo es claro al advertir el momento en que se deben...

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