Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 9 de Enero de 2003

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2003
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado S.M., apoderado judicial de R.O.B. Y OTROS, propuso recurso de casación laboral contra la sentencia de 30 de octubre de 2002, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso laboral promovido por R.O.B., G.J.M., A.P., J.A.V., P.T.A., A.M.S. y E.M. contra CABLE & WIRELESS, PANAMÁ, S. A.

El fin perseguido con el presente recurso extraordinario consiste en que este tribunal case la sentencia recurrida, y en su defecto, condene a CABLE & WIRELESS PANAMA,S.A. a pagarle a cada uno de los demandantes, la suma de B/.3,000.00, en concepto de jornada extraordinaria, percepciones, gratificaciones o bonificaciones efectuadas a todos los trabajadores del Departamento de Seguridad Interna de la empresa demandada, más costas del proceso.

Se trata de un proceso común de trabajo, promovido por los trabajadores R.O. B., G.J.M. y otros, contra el INTEL,S.A. o CABLE & WIRELESS PANAMA,S.A. para que sean condenadas a pagar la suma de B/.21,000.00 en concepto de prestaciones laborales adeudadas a siete trabajadores.

El Juzgador de primera instancia absolvió a CABLE & WIRELESS PANAMA,S.A. del reclamo laboral interpuesto en su contra, por los trabajadores demandantes; y el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial confirmó la decisión.

CARGOS DEL CASACIONISTA:

Sostiene el casacionista que ha sido infringido el artículo 10 del Código de Trabajo , en concepto de violación directa por omisión, a su juicio, porque "la sentencia recurrida no aplicó la citada norma sustantiva, que le reconoce a los trabajadores del Departamento de Seguridad Interna de la empresa demandada, la igualdad de salarios, ya sean ordinarios o jornadas extraordinarias, y que además comprende las percepciones, gratificaciones, bonificaciones, servicios y cualquiera suma de dinero. La citada norma sustantiva fue infringida como consecuencia del error de derecho en la apreciación de las pruebas que constan: foja 12 a 20 (que contiene un reconocimiento que la empleadora hace a los empleados del Departamento de Seguridad Interna en concepto de jornadas extraordinarias, comprendiendo las percepciones, gratificaciones, bonificaciones, servicios y cualquier suma de dinero ), fojas 62 a 65 (declaraciones de testigos) y fojas 75 -76 (Informe del Ministerio de Trabajo). Si la sentencia recurrida hubiera apreciado conforme a la ley las pruebas antes mencionadas, habría aplicado la norma sustantiva pertinente para reconocerle a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR