Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 25 de Agosto de 2009

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución25 de Agosto de 2009
EmisorPleno

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce el expediente contentivo de la investigación que se le sigue al señor E.R., por la presunta comisión de un delito Contra La Administración de Justicia.

ANTECEDENTES

El Licenciado J.A.K.G. en ejercicio del poder conferido por la señora AURORA MADERO VEGA, presentó a la consideración del Juez de Circuito de Darién un escrito de hábeas corpus preventivo a favor del ciudadano H.R.M., quien se encuentra sindicado dentro de una investigación adelantada por la Fiscalía de Circuito de Darién, por un delito Contra el Pudor y la Libertad Sexual.

De acuerdo con el contenido del escrito presentado, se observa que el demandante reclama que el funcionario demandado procedió a ordenar la detención preventiva del ciudadano H.R.M., obviando las exigencias del artículo 2129 del Código Judicial, que ordena se evalúe la efectividad de cada medida cautelar de naturaleza personal, y no ha explicado en el expediente cuáles son las razones que lo obligaron a tomar la decisión de aplicar directamente la detención preventiva a su cliente sin considerar las demás medidas cautelares que contempla la legislación nacional en el artículo 2127 del Código Judicial.

El Juzgado de Circuito de Darién, una vez recibida la demanda de hábeas corpus y luego de constatar que el mismo se endereza contra una autoridad que tiene mando y jurisdicción en toda la provincia dispuso inhibirse del conocimiento de la materia y remitirla hasta el Segundo Tribunal Superior.

Librado el mandamiento propio de la naturaleza de este negocio, el funcionario demandado contestó oportunamente el libramiento, informando al Segundo Tribunal Superior que en efecto su despacho había ordenado la detención preventiva, acusada en una diligencia de 18 de enero de 2006, consultable a fojas 8 y 9 del expediente. La autoridad demandada procedió a acompañar con el libramiento contestado, copia del expediente al cual accede la orden acusada.

Al realizar el estudio del expediente, el Tribunal Superior observó que el sumario que involucra al ciudadano H.R.M. tiene su origen con la denuncia presentada por la señora E.C.P. el día 17 de enero de 2006, ante la Fiscalía de Circuito de Darién, formulando cargos contra H.R., de 30 años para ese entonces, a quien encontró en su residencia manoseando a su hija K.M.C.C., de 13 años de edad en ese momento. Indicó la denunciante que ella había venido notando que el señor RAMÍREZ...

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