Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 18 de Julio de 2006

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución18 de Julio de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de apelación, conoce la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia el recurso interpuesto por el licenciado J.A.G.A. contra el Auto Nº.212 de 27 de diciembre de 2005, dictado por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, mediante el cual se negó la solicitud de sustitución de medida cautelar distinta a la detención preventiva, dentro del proceso penal que se le sigue a J.M.R. MORENO (fs.19-21).

FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN

El recurrente, concentró su disconformidad con el Auto impugnado en lo que respecta a la negativa del a-quo para sustituir la detención preventiva que padece el procesado, por otra medida cautelar menos severa.

Indicó que el imputado no representa ninguna amenaza para la víctima, porque después de la agresión que le infirió, transcurrieron ocho meses para que se diera la detención del mismo; y durante ese tiempo se reconciliaron como pareja, dado que la ofendida, A.O., lo perdonó.

Agregó que J.A.G. no quiso causarle la muerte a su concubina, porque una vez la vio herida, suspendió la agresión y pidió ayuda para trasladarla al hospital.

Por lo anterior, pidió se revoque el Auto recurrido y en su lugar, se sustituya la detención preventiva que padece el justiciable por otra de las medidas cautelares previstas por el ordenamiento jurídico.

OPINIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO

El licenciado D.E.G.G., F.C. Superior del Primer Distrito Judicial, se opuso al recurso de apelación interpuesto, al considerar que la conducta reprochada al imputado encuentra calificación típica en el delito de homicidio en grado de tentativa, a raíz de una gravísima situación de violencia doméstica.

Estimó que la actuación de JOSÉ RAMOS MORENO demostró un alto grado de peligrosidad para con su esposa, toda vez que atentó contra su vida y la dejó lisiada permanentemente .

Adicionó que el caudal probatorio demuestra que RAMOS MORENO había agredido reiteradamente a su esposa, lo que evidencia la presencia de uno de los elementos típicos del ciclo de violencia doméstica, por lo cual solicitó se confirme la resolución censurada.

ANÁLISIS DE LA SALA

Conocida la disconformidad de la defensa técnica y la opinión del Ministerio Público, corresponde decidir la apelación sólo sobre los puntos de la resolución a que se refirió el recurrente, de conformidad con el artículo 2424 del Código Judicial.

La Sala observa que el imputado está vinculado con la presunta comisión de delito de homicidio en grado de tentativa, en perjuicio de su...

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