Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 11 de Septiembre de 2014

PonenteHarry Alberto Díaz González
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2014
EmisorPleno

VISTOS: El Magistrado A.M.L. ha solicitado al resto de los Magistrados del Pleno de la Corte Suprema de Justicia que lo separen del conocimiento del expediente contentivo de la denuncia presentada por el Licenciado H.S., en representanción de H.A.R., contra la Diputada de la Asamblea Nacional, Z.R.L., por el presunto delito Contra el Orden Económico (Blanqueo de Capitales). El Magistrado Moncada Luna advierte que la Licenciada Z.R. presentó ante la Corte Suprema de Justicia una denuncia por presuntas faltas a la ética judicial contra su persona; negocio judicial identificado con la entrada No. 1088-13, situación que lo coloca en el supuesto de causales de impedimento contenidas en el numeral 11 del artículo 760 del Código Judicial, que señala lo siguiente: "Artículo 760. Ningún magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual este impedido. Son causales de impedimento: ... 11. Tener alguna de las partes proceso, denuncia o querella pendiente o haberla tenido dentro de los dos años anteriores, contra el juez o magistrado, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos. ..." Refiere el Magistrado Moncada Luna, que el objeto del instituto procesal del impedimento es garantizar la imparcialidad del juez o magistrado en la sustanciación de un proceso determinado, y en este caso en particular, manifiesta su solicitud de impedimento por la razón expuesta, y ante la cual considera se encuentra inhabilitado para conocer de esta causa penal CONSIDERACIONES DEL PLENO Analizada la solicitud de impedimento invocada por el Magistrado Moncada Luna, el Pleno de esta Superioridad Judicial considera que para que el presente proceso sea tramitado bajo los principios de ética, imparcialidad y transparencia, en consonancia con el respeto y cumplimiento de la ley, debe declararse legal el impedimento aducido por el Magistrado Moncada Luna, en razón de la denuncia que le presentara la licenciada Z.R., en el año 2013, por presuntas faltas a la ética judicial; toda vez que la causal invocada se encuentra dentro del término previsto en el numeral once (11) del precitado artículo 760 del Código Judicial. Es decir, que entre la...

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