Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Noviembre de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La licenciada M.L., en representación de V.J.G., interpuso formal Querella Criminal contra el señor C.V., Ministro de Obras Públicas, por el delito Contra el Honor.

POSICIÓN DEL QUERELLANTE

Sostiene la querellante que en el programa matutino "Encontremos Soluciones", que se trasmite en el Canal 21 de televisión, el Ministro de Obras Públicas, licenciado C.V., hizo señalamientos que atentan contra la honorabilidad del Ingeniero V.J.G., toda vez que aseguró de manera enfática, que éste llevó a cabo cosas indebidas, motivo por el cual el gobierno de los Estados Unidos de América le canceló su visa de entrada a dicho país; es por ello que solicita se tomen los correctivos que sean necesarios con el fin que se repare el daño causado a la honra de su poderdante (fs. 1-3).

POSICIÓN DEL MINISTERIO PUBLICO

La Procuradora General de la Nación, A.M.R., mediante Vista No. 73 de 31 de mayo de 2005, luego de analizar las piezas obrantes en autos concluyó que el delito de calumnia no se configura, ya que el querellado en ningún momento, le atribuyó al querellante la comisión de un hecho punible, puntualizó que las opiniones vertidas por éste fueron hechas en forma de críticas sobre los actos u omisiones oficiales de un servidor público (fs. 18-22).

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Corresponde al Pleno de esta Corporación de Justicia conocer de las causas por delitos comunes o faltas, cometidas por Ministros de Estados (artículo 86 numeral 2, literal b del Código Judicial), y como se aprecia en el expediente, la querellante, licenciada M.L. , solicita se investigue al licenciado C.V., quien es Ministro de Obras Públicas, por estimar que vertió acusaciones en el programa "Encontremos Soluciones", dirigido por el licenciado J.M. contra su representado. Acompaña como pruebas las siguientes:

  1. -Cassette VHS en el cual aparece la grabación del progrma "Encontremos Soluciones", trasmitido por Televisión a través del canal 21. El cual fue transcrito en el Ministerio Público tal como consta de fojas 10 a12.

  2. -Nota dirigida al Ente Regulador donde se solicita copia del programa "Encontremos Soluciones" trasmitido el día 20 de diciembre de 2004

Por otra parte, la conducta que la querellante imputa al Ministro C.V. se encuentra enmarcada en los artículos 172 y 173-A del Código Penal que a su tenor señalan:

"Artículo 172. El que atribuya falsamente a una persona la comisión de un hecho punible, será sancionado con pena de 90 a 180 días multa".

De acuerdo a la...

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