Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 3 de Septiembre de 2003

PonenteRoberto González R.
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2003
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Para calificación de su mérito legal, ingresaron a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, las Sumarias en Averiguación por el delito Contra el Honor en perjuicio de J.C.N.Q., hecho querellado por el licenciado A.G.O..

HECHOS

La presente investigación inicia con la querella presentada por el licenciado A.G.O. en nombre y representación del señor J.C.N., Alcalde y R.L. de la Alcaldía de Panamá (fs. 1 a 7).

En el escrito de querella presentado por el licenciado Guardia Oses, se señala que el señor H.C., D. General del Instituto de Mercado Agropecuario, en la edición del día 14 de junio de 2002, del diario El Panamá América, en la columna de E.L.B., pág. A6, hizo afirmaciones categóricas que resultan falsas, calumniosas e injuriosas, las cuales constituyen graves ofensas al honor del señor J.C.N., por cuanto le atribuyó la comisión de delitos penales y electorales en la precitada publicación titulada "Castro acusa a N. de usar bienes públicos para política", al señalar que éste utilizó bienes públicos para actividades proselitistas. Además puntualizó que utilizaba los recursos nacionales para viajar (fs. 1-35).

OPINIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

Mediante Vista Nº 79 de 25 de junio de 2003, el Procurador General de la Nación, licenciado J.A.S.R., solicita que al resolver esta S. el mérito de la presente causa, se dicte un sobreseimiento definitivo objetivo e impersonal, de conformidad con lo que establece el artículo 2207 numeral 2 del Código Judicial, en concordancia con lo que establece el artículo 178 del Código Penal.

En lo medular el Procurador General de la Nación señala que en la encuesta penal en comento se configuran los supuestos descritos en el artículo 178 del Código Penal, ya que las opiniones vertidas por el querellado a través de las noticias cuestionadas fueron hechas en forma de críticas y opiniones sobre los actos u omisiones oficiales de un servidor público en relación a sus funciones, por ser el querellante J.C.N.Q., Alcalde de la Comuna Capitalina, un servidor público (fs. 72 a 75).

OPOSICION A LA VISTA

El licenciado A.G.O., representante legal del señor J.C.N.Q., mediante escrito de 9 de julio de 2003, indicó que la Fiscalía que instruyó la sumaria, sólo realizó las siguientes diligencias: traslado de la querella, solicitud de la copia autenticada del nombramiento del señor H.C. y transcripción literal de la cinta de video que se acompañó entre las pruebas sumarias.

Por lo que...

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