Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 16 de Enero de 2007
Ponente | Aníbal Salas Céspedes |
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2007 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Procedente de la Procuraduría General de la República, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia recibe para su debida valoración legal, la querella promovida por el LICDO. C.J., contra el F.A. de la República, L.A.M.S., por el supuesto delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, en su modalidad de Abuso de Autoridad y por el supuesto delito CONTRA LA FE PÚBLICA.
FUNDAMENTACIÓN DE LA QUERELLA
Señala el prenombrado letrado como fundamento de la querella presentada ante la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación el día 10 de julio de 2006, los siguientes puntos extraídos de parte medular del libelo contentivo de la misma:
"PRIMERO: Que la Fiscalía Auxiliar, ordenó diligencia de allanamiento a la residencia de la Familia Jones-Guerra.
...
Que la diligencia de allanamiento a la residencia del suscrito fue realizada sin apego a la ley; Artículo 2178 del Código Judicial, la norma aludida contempla la naturaleza de la figura de allanamiento, la cual consiste en ubicar a la persona vinculada de la supuesta comisión de un delito; pero cuando haya grave indicio de que el presunto vinculado se encuentre en el edificio, finca, etc.
...
Que las extralimitaciones de funciones y abuso de autoridad del máximo jerárquico de la Fiscalía Auxiliar se configuraron en primer lugar, porque la persona a ubicar, el suscrito, se encontraba recibiendo atención médica y posterior a ello se puso disposición de la Policía Nacional de Panamá. Esta circunstancia desnaturaliza la esencia y necesidad del allanamiento, porque el objetivo y el fin de la diligencia se perdió con la entrega de mi persona a la Policía Nacional. Es por ello que la orden de allanamiento dictada por el F.A. arremetió contra el Artículo 26 de la Constitución Polítca, el cual reza así:
...
Que en este tipo de delito es innecesario una diligencia de allanamiento, por la naturaleza esencial que reviste el delito endilgado; que no es común que estas diligencias se realicen en este tipo de hechos y máxime cuando el suscrito fue víctima,...
De igual forma, se desprende del expediente principal (foja 13) que la orden de allanamiento, lo que demuestra es el interés de amedrentar contra mi persona, cuando estas acciones se ordenan días después de los hechos de marras y contra personas de paradero desconocido y evasores de la ley. Sin embargo, en mi caso particular se practicó el mismo día de los hechos, horas después del accidente cuando todavía mi familia y yo estaba pendiente de mi estado de salud, y psicológico, con pleno conocimiento que resultado (sic) lesionado, que soy una persona conocida en el foro, con domicilio fijo y de honorable reputación.
Esta actitud temeraria, dolosa y arbitraria constituye un acto de abuso de autoridad, al ordenar un allanamiento sin objetivo y a sabiendas de que la persona a quien buscaba no se encontraba en dicha residencia, lo que el funcionario publico (sic) denunciado ha violado, transgrediendo nuestra Constitución, y como secuela de su actuar debe imponérsele una sanción, ya que ese es el objetivo que presenta la legislación penal, el condenar aquellos actos injustos y contrarios a derecho.
Que es por ello, que nos encontramos en un estado de indefensión, toda vez que sean realizado acciones por parte del fiscal que se enmarcan es (sic) el Artículo 336 del Código Penal, que son (sic) del tenor siguiente:
...
Aunado a lo anterior, el agente fiscal ha demostrado su abierta parcialidad, al ordenar la diligencia de indagatoria y la detención preventiva en base a declaraciones falsas, como es cuando alude al testimonio del C.A.B.R., que señala
...
Que el F.A., de conformidad con el periódico la Estrella de Panamá del día 6 de junio de 2006, esbozo una serie de afirmaciones relacionadas con el caso del suscrito y que es reserva del sumario, este hecho se traduce y se configura en delito, al...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba