Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Agosto de 2009

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución19 de Agosto de 2009
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ha ingresado en grado de consulta el Auto Nº105 P.I. de 6 de mayo de 2009, dictado por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro de las sumarias instruidas en virtud de querella presentada por el Licdo. S.S.U., en representación de TPM SUPPLIERS, S.A., contra la Licda. G.T., Juez Decimoquinta de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, por delito contra la Administración Pública, específicamente Abuso de Autoridad.

El mencionado auto penal dispone decretar el archivo del sumario por delito de Abuso de Autoridad instruido a la Licda. TUÑON, por no haber sido presentada la prueba sumaria del delito, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2467 del Código Judicial, y lo remite a esta Superioridad en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 2477 de la misma excerta legal, como se puede apreciar en el proveído de 15 de junio de 2009.

Ahora bien, el artículo 2477 del Código Judicial establece lo siguiente:

El auto de sobreseimiento y la sentencia en los juicios contra servidores públicos se consultarán con el superior respectivo, aunque no hayan sido apelados.

Como se puede apreciar, la citada norma señala de forma taxativa las resoluciones que deben ser remitidas al superior en grado de consulta, siendo las mismas el auto de sobreseimiento y la sentencia en los procesos que se sigan contra los servidores públicos, por lo que resulta evidente que el auto que nos ocupa no se asimila a ninguno de estos supuestos.

En atención a lo anterior, no había lugar a remitir el Auto Nº105 P.I. de 6 de mayo de 2009, dictado por el Segundo Tribunal...

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