Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 15 de Octubre de 2002

PonenteARTURO HOYOS P
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2002
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma P. y P., actuando en nombre y representación del BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S.A., presentó ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución N1 1206 de 19 de septiembre de 2001, proferida por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, los actos confirmatorios, y para que se hagan otras declaraciones.

La Sala advierte que además de las pretensiones de la demanda, la apoderada judicial de la parte actora solicita que, previo a la admisión de la demanda, se ordene la suspensión provisional de los efectos del acto demandado, en razón de que A. criterio que se externa en la resolución tiene un efecto notoriamente grave, en vista de que alcanzará a todos los bancos, alcanza las contrataciones bancarias del banco que representamos...@; y A... sus efectos representan perjuicios graves, actuales e inminentes sobre toda la cartera crediticia del sistema bancario...@.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley 135 de 1943, esta S. está facultada para ordenar la suspensión de los efectos de un acto administrativo, cuando, a su juicio, sea necesario para evitar un perjuicio notoriamente grave, y de difícil e imposible reparación.

En el presente caso, la Sala estima que no procede acceder a la petición del demandante, puesto que no ha probado debidamente el perjuicio notoriamente grave, y de difícil e imposible reparación que le puede causar...

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