Resolución Nº AN N°2606-Telco de 30 de abril de 2009, 'POR LA CUAL SE MODIFICA Y/O ADICIONA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA RESOLUCIÓN AN NO. 2243 -TELCO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2008, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PERÍODOS PARA SOLICITAR CONCESIONES Y/O FRECUENCIAS ADICIONALES, PARA OPERAR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, ASÍ COMO PARA SOLICITAR CAMBIOS DE PARÁMETROS TÉCNICOS EN DICHOS SERVICIOS, PARA EL AÑO 2009'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No.-2606-Telco Panamá, 30 de abril de 2009

"Por la cual se modifica y/o adiciona el artículo PRIMERO de la Resolución AN No. 2243 -Telco de 15 de diciembre de 2008, mediante la cual se establecen los períodos para solicitar concesiones y/o frecuencias adicionales, para operar servicios de telecomunicaciones, así como para solicitar cambios de parámetros técnicos en dichos servicios, para el año 2009."

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que en cumplimiento de lo que dispone el artículo 41 del Decreto Ejecutivo No. 73 de 9 de abril de 1997, esta Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, mediante Resolución AN No. 2243 -Telco de 15 de diciembre de 2008, estableció para el año 2009, seis (6) períodos, dentro de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, para solicitar concesiones de telecomunicaciones Tipo "B", que no requieran del uso de frecuencias del Espectro Radioeléctrico; de concesiones y/o frecuencias adicionales de uso satelital; y, de concesiones para la prestación de servicios básicos de telecomunicaciones que no requieran de frecuencias del Espectro Radioeléctrico y determinó en su artículo PRIMERO que los interesados podrán presentar dichas solicitudes dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada uno de los seis (6) meses antes señalados;

  2. Que el artículo 42 del mencionado Decreto Ejecutivo 73 de 1997, dispone que esta Autoridad Reguladora recibirá las solicitudes de concesiones y/o frecuencias de telecomunicaciones en referencia, dentro del término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la publicación del aviso, que debe realizarse previamente para cada uno de los períodos indicados;

  3. Que uno de los seis (6) meses comprendido en los referidos períodos objeto de la Resolución AN No. 2243 -Telco de 15 de diciembre de 2008, es el próximo mes de mayo de 2009 y, para todos los efectos, los primeros cinco (5) días hábiles del mismo correrán del lunes 4 al viernes 8 de mayo de 2009, en virtud de que el viernes 1º de mayo legalmente será un día inhábil, por motivo de celebrarse el Día del Trabajador;

  4. Que el Tribunal Electoral, mediante Acuerdo 6 de Sala de Acuerdos 37 de 8 de abril de 2009, ordenó a los medios de comunicación social la suspensión inmediata de la divulgación de la propaganda estatal de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos hasta el 4 de mayo del año...

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