Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 21 de Agosto de 2014

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El Magistrado A.M. LUNA ha solicitado al resto de la Sala que se le declare impedido y, en consecuencia, se le separe del conocimiento de la Tercería Excluyente interpuesta por la firma M. &M., en representación de HSBC BANK (PANAMA), dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que la Superintendencia de Bancos a favor de Banco Disa, S.A. (en liquidación forzosa) le sigue a Distribuidora de M., S.A. y otros. El Magistrado M. expresa en su escrito que su petición obedece a que "la licenciada G.M.M.R. , abogada y socia de la firma forense M. &M., apoderados judiciales del tercerista, es sobrina del suscrito." Asimismo, el Magistrado M. indica que le está vedado el conocimiento de la causa objeto de estudio, porque la circunstancia señalada configura la causal de impedimento prevista en los numerales 15 y 16 del artículo 760 y el artículo 779 del Código Judicial, la cual es aplicable al caso bajo examen. La disposición en comento dispone lo siguiente: Artículo 760. Ningún magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento: ... 15. El parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad entre el juez o su cónyuge, y alguna de las partes. 16. Tener interés debidamente acreditado en el proceso, el juez o magistrado, su cónyuge o alguno de sus parientes en los grados expresados en el ordinal anterior..." De acuerdo con la normativa invocada, ningún Magistrado o Juez podrá conocer de un proceso en el que se encuentra vinculado con una de las partes, por razones de parentesco, por...

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