Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Enero de 2009

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución13 de Enero de 2009
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El Lcdo. V.B.F. en representación de I.R.R. DE LEON, presentó tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Administración Provincial de Ingresoso de Panamá s J.I.S.P..

Mediante Auto de 13 de agosto de 2008, la Sala admitió la iniciativa en estudio y corrió traslado en los términos que establece la Ley, al ejecutado, al ejecutante y al Ministerio Público (f.62 exp.principal)

  1. ARGUMENTOS DE LA TERCERIA:

    El tercerista señala que el Juzgado Ejecutor de la Administración Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá, mediante Auto 213-JC-3651 de 10 de agosto de 2007 , decretó secuestro sobre la finca No. 29895, inscrita en el Registro Público de Panamá al tomo 725, folio 420, asiento 1 de la Sección de la Propiedad, provincia de Panamá, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Administración Provincial de Ingresos de Panamá a J.I.S.P..

    Agrega, que en la Finca No. 29895, inscrita al tomo 725, folio 420, de la Sección de la Propiedad, se encuentra inscrito al ASIENTO No.57923, Tomo 2004, desde el 28 de septiembre del 2004, la siguiente marginal:

    "J.C.T., JUEZ DUODECIMO DEL CIRCUITO DE LO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA,ADMINISTRANDO JUSTICIAEN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CON FUNDAMENTO A LO QUE DISPONE EL ARTICULO 1227 ORDINAL 3 DEL CODIGO JUDICIAL COMUNICA AL DIRECTOR DE ESTE REGISTRO QUE SOBRE ESTA FINCA DE PROPIEDAD DE J.I. CASTILLO 8-37-266 PESA UNA DEMANDA SUMARIA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PROPUESTA POR I.R. RODRIGUEZ DE LEON EN CONTRA DE J.I.C.S. 8-37-266 REMITIDO POR OFICIO No.268 EXP 070/04 DEL 19 DE MARZO DE 2004 INGRESANDO A ESTE REGISTRO MEDIANTE ASIENTO 57923 TOMO 2004 DEL DIARIO. INSCRITO EL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2004".

    Por lo expuesto solicita el tercerista que se levante el secuestro decretado mediante Auto 213-JC-3651 de 10 de agosto de 2007.

  2. DESCARGOS DEL EJECUTANTE:

    La Licenciada S.P.N., en representación de la Administración Provincial de Ingresosos, de la Dirección General de Ingresosos del Ministerio de Economía y Finanzas, manifiesta su oposición a la tercería excluyente, alegando que ésta no reúne los presupuestos mínimos que exige el artículo 1764 del Código Judicial, ya que no corresponde el levatamiento de dicha medida a través de la presentación de una tercería excluyente, por no haber sido elevada la medida de secuestro a embargo. En consecuencia, solicita se niegue la pretensión del recurrente por...

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