Resolución Nº 557 de 29 de abril de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, AUTORIZA UNA PRÓRROGA PARA EL REVISADO VEHICULAR CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL DE 2008".

República de Panamá

Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre

RESOLUCIÓN No. AL-557

(de 30 de abril de 2008)

"Por medio de la cual el Director de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, autoriza una prórroga para el Revisado Vehicular correspondiente al mes de abril de 2008".

El SUSCRITO DIRECTOR DE LA AUTORIDAD DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, EN USO DE SUS FACULTADES,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al reglamento de tránsito vehicular promulgado mediante Decreto Ejecutivo número 640 de 27 de diciembre de 2006, La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, debe velar que los vehículos a motor y remolque que circulen en la República de Panamá sean inspeccionadas anualmente para que estén en buenas condiciones mecánicas y de chapistería.

Que al tenor del Decreto Ejecutivo 217 del 17 de junio de 1949 La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre puede delegar la función del revisado anual vehicular a talleres de mecánica o empresas debidamente autorizadas.

Que para el mes de abril de 2008, esta autoridad se encuentra en una reingeniería de todos los módulos operativos.

Que durante la implementación del Módulo de Revisado Vehicular, nuestro sistema ha confrontado problemas que han provocado la dilatación del proceso de revisado vehicular a los usuarios.

Que una gran cantidad de los usuarios de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, no han podido obtener a la fecha su Revisado Vehicular, por lo problemas ya señalados en nuestro sistema.

Que como medida a fin de compensar el tiempo perdido ocasionado por...

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