Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 20 de Abril de 2020

PonenteCarlos Alberto Vásquez Reyes
Fecha de Resolución20 de Abril de 2020
EmisorPleno

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Pleno

Ponente: Carlos Alberto Vásquez Reyes

Fecha: 20 de abril de 2020

Materia: Tribunal de Instancia

Solicitud ante el Pleno

Expediente: 126-2020

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce del Recurso de Hecho interpuesto por el Licenciado A.R.S., en nombre y representación de J.P.P.C., contra el Proveído fechado 31 de enero del 2020, dictado por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, dentro de la Acción de H.C. impetrada contra el Juzgado Décimo Octavo De Circuito Penal, del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El promotor del Recurso de Hecho indica en su escrito que el Segundo Tribunal Superior de Justicia al momento de resolver la Acción de H.C. interpuesta, decidió declarar legal la detención que sufre su defendido, en virtud de lo cual anunció recurso de apelación el día 23 de enero a las 3:00 P.M., mientras que la sustentación fue presentada el 28 de enero a las 4:33 p.m.; sin embargo, mediante Proveído de Mero Obedecimiento fechado 31 de enero del 2020, el Segundo Tribunal declaró extemporáneo dicho recurso de apelación.

Manifiesta el letrado que no está de acuerdo con dicha decisión, toda vez que la resolución recurrida es perfectamente objeto de censura, conforme lo señala el artículo 2608 del Código Judicial, señalando además que el recurso debe interponerse dentro de la hora siguiente a su notificación, la cual se hará por edicto, anuncio que fue hecho el 23 de enero de 2020, a las 3:30 p.m., cuando aún se encontraba fijado el Edicto N°119.

Por lo anterior, considera viable que el sustento de la apelación fuera presentado el 28 de enero de 2020, a las 4:33 p.m., cuando el cuadernillo de la Acción de H.C. se encontraba aún en el Segundo Tribunal Superior; de allí que lo que procedía era conceder la apelación interpuesta.

Esta Superioridad observa que mediante Proveído fechado 31 de enero del 2020, atacado mediante el Recurso de Hecho en estudio, el Segundo Tribunal Superior de Justicia decidió declarar extemporáneo el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución del 20 de enero de 2020, emitida dentro de la Acción de H.C., impetrada a favor de J.P.P.C., investigado por supuesto delito de Blanqueo de Capitales.

Corresponde entonces, analizar la viabilidad del recurso en base a la normativa procesal que regula la materia y confrontarla con el material probatorio incorporado. En ese sentido, podemos señalar que el artículo 1152 en concordancia con el artículo 1156 del Código Judicial son diáfanos al indicar que:

1152. La parte que intente...

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