Resolución Nº 12 de 23 de marzo de 2009, 'POR LA CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA LA AGILIZACIÓN Y DESCARGA DE LAS CAUSAS DE CONOCIMIENTO DE LAS AGENCIAS DE INSTRUCCIÓN DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL (COCLÉ Y VERAGUAS)'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO PÚBLICO

Procuraduría General de la Nación

Resolución Nº 12

(De 23 de marzo de 2009)

"Por la cual se dictan medidas para la agilización y descarga de las causas de conocimiento de las agencias de instrucción del Segundo Distrito Judicial (Coclé y Veraguas) ante la implementación de la Ley N° 63 de 28 de agosto de 2008, que adopta el Código Procesal Penal"

La Procuradora General de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 63 de 28 de agosto de 2008, se adoptó en la República de Panamá un nuevo Código Procesal Penal.

Que según lo dispone el artículo 556 del nuevo Código Procesal Penal, al Segundo Distrito Judicial le corresponderá la aplicación de este nuevo sistema de procesamiento de causas a partir del 2 de septiembre de 2009.

Que conforme a lo establecido en los artículos 553 y 554 del nuevo texto de procedimiento, las disposiciones del Código serán aplicadas a los procesos nuevos, en tanto que los procesos penales iniciados con anterioridad a su entrada en vigencia continuarán su trámite con arreglo a los preceptos vigentes al momento de la investigación.

Que estos cambios procesales obligan a tomar medidas que permitan la distribución y el manejo adecuado de la carga laboral que existe en las agencias de instrucción del Segundo Distrito judicial para garantizar la implementación del nuevo Código Procesal Penal, según las reglas que este texto legal contiene.

Que el volumen de causas que se manejan en algunos Despachos de instrucción del Segundo Distrito Judicial permite que los Agentes y funcionarios de instrucción de las Personerías Municipales tomen participación activa en el desahogo de los Despachos con mayor carga laboral.

Que lo anterior hace necesaria la creación de Fiscalías de Circuito de Descarga para que, de forma organizada, los agentes y funcionarios de instrucción del Segundo Distrito Judicial se ocupen de la investigación y ejercicio de la acción penal ante los tribunales competentes en los casos que así proceda, y asistan a las audiencias que se requieren evacuar previo a la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal.

Que es función de la Procuradora General de la Nación velar por el efectivo funcionamiento de las agencias de instrucción con base a los principios de economía procesal, celeridad y unidad que rigen en el Ministerio Público.

Que el artículo 329 del Código Judicial faculta a la Procuradora General de la Nación...

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