Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 27 de Noviembre de 2014

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2014
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: Dentro del proceso sumario de prescripción adquisitiva de dominio instaurado por BOCAS BLUFF, S.A. contra ISLA ECOLÓGICA, S.A., ha presentado la parte actora recurso de casación contra la sentencia de 28 de diciembre de 2006, proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial. La decisión recurrida en casación revoca la sentencia N°44 de 29 de mayo de 2006, adicionada mediante auto civil N°770 del 7 de junio de 2006, ambas dictada en primera instancia por el Juzgado Primero del Circuito de lo Civil de Bocas del Toro, y en su lugar niega las pretensión de la parte actora, dado que no acredita la posesión del terreno que pretende usucapir. Se permite la S. citar en lo medular el fundamento de la sentencia recurrida en casación: "Luego de realizar una análisis a las pruebas que constan en la presente encuesta esta S. no comparte el criterio del juzgador primario, pues a pesar de que se ha demostrado que la actora ocupa parte de la finca 861 por un lapso de tiempo, también es cierto, que ésta adquirió estos supuestos derechos de Laguna Esmeralda, S.A. y esta última del señor A.H., mediante Escrituras Públicas N°36 de 20 de enero de 1999 y la N°4,242 de 2 de abril de 2002 (folios 10-11; 12-15), sin que se haya demostrado que efectivamente el señor A.H. mantuvo estos derechos posesorios de manera pública, pacífica e ininterrumpida y que estuvo en posesión de ellos. Por otro lado, si bien la venta consta en escirtura pública la misma se trata de supuestos derechos posesorios y de conformidad al artículo 65 del Código Agrario el cual establece, entre otras cosas, que "Los terrenos adquiridos por personas naturales o jurídicas mediante compra a particulares estarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 64 de este Código, a partir de la fecha de compra de los mismos, siempre que la Comisión de Reforma Agraria autorice dichas compras...", de lo anterior podemos entonces establecer que la persona que ocupa un terreno, que es derecho posesorio, está ejerciendo un derecho provisional, ya que no tiene un título de dominio, de manera que, para realizar la venta de dicho bien debe solicitar la autorización a la Comisión de Reforma Agraria para que autorice dicha compra, situación que no cumplió el señor A.H.. Ahora bien, según la demandante y el señor E.C. (f. 87) existe una franja la cual estaba siendo ocupada por el señor H. y que fue ésta la que fue vendida como derechos posesorios, ya que cuando según el señor C., adquirió la propiedad, los dueños le indicaron que la finca "le corresponde de la izquierda de la carretera, subiendo hacia el norte, razón por la cual no se le citó al señor H. para desocupar, porque son terrenos nacionales, cuando vendió el señor H. limitaba con la finca no estaba dentro de la finca." Sin embargo, si observamos la certificación del Registro Público de la finca 861 visible a folios 6 de la misma se encuentra inscrita desde 1919 y mantuvo como colindantes en el sur y este, el mar, por lo que esos derechos posesorios que dicen le pertenecen al señor H. nunca existieron porque esa franja de terreno que alegan tener constituye parte de la finca 864 (ver folio 37-39). De los hechos que expone el demandante observamos que no reposan en el infolio pruebas que demuestren sus pretensiones y, por ello, no ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 784 del Código Judicial, siendo así las cosas, el tribunal de la alzada debe concluir que, lo procedente es revocar la sentencia venida en grado de apelación y, en su lugar, no acceder a las declaraciones solicitadas por el demandante". (f. 306-308) DECISIÓN DE LA SALA El recurso se presenta en el fondo y se invoca una causal, a saber, "infracción de normas sustantivas de derecho por concepto de error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida". La causal se apoya en tres motivos, en los que se hace referencia a pruebas testimoniales, documentales y pericial mal...

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