Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 27 de Marzo de 2015

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: El licenciado C.E.C.G., actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad MULTIMODA INVESTMENT, S.A., ha interpuesto Recurso de Casación contra la Sentencia No. 42 de dos (2) de abril de dos mil catorce (2,014), proferida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, dentro del Proceso Ordinario de Mayor Cuantía de Daños y Perjuicios que le sigue MÓNACO INTERNACIONAL, S.A. y UNIVERSAL & OVERSEAS REALTY CORP. Mediante Resolución de veinte (20) de octubre de dos mil catorce (2,014), esta S. de lo Civil ORDENÓ LA CORRECCIÓN del Recurso de Casación en el fondo propuesto bajo la Causal de error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba, en atención a que la misma presentaba algunos defectos de forma subsanables.(fs. 620 a 623 del expediente) Para efectuar la corrección de la Causal de fondo antes mencionada, se le concedió a la Recurrente el término de cinco (5) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 1,181 del Código Judicial. Vencido dicho término, la S. comprueba que el licenciado C.E.C.G., apoderado judicial de la sociedad MULTIMODA INVESTMENT, S.A., presentó oportunamente su escrito de Casación corregido, el cual reposa de fojas 631 a 644 del expediente, por lo que esta S. procede a decidir la admisibilidad en forma definitiva del Recurso presentado, no sin antes verificar si la Recurrente efectuó la corrección ordenada previamente por esta Superioridad. D.R. de Casación en el fondo propuesto bajo la Causal de error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba, únicamente se le ordenó a la Recurrente que en el apartado de las normas de derecho, corrigiera los Artículos del Código Civil, porque sus explicaciones no eran compatibles con la...

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