Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 15 de Abril de 2019

PonenteAngela Russo de Cedeño
Fecha de Resolución15 de Abril de 2019
EmisorPrimera de lo Civil

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Primera de lo Civil

Ponente: A.R. de Cedeño

Fecha: 15 de abril de 2019

Materia: Civil

Casación

Expediente: 344-18

VISTOS:

Fenecidos los estadíos relativos a la tramitación del presente recurso de casación, corresponde entonces evaluar su admisibilidad.

El recurso de casación fue interpuesto por ALETHEA LOUISE TYRRELL ROSE contra la sentencia dictada por el Primer Tribunal Superior de fecha del 27 de septiembre de 2018 en el proceso sumario de división y venta de bien común que interpuso RITO A.B.P. contra la casacionista.

La Sala observa como elementos para superar el primer filtro de admisibilidad que la decisión es de aquellas que puede ser susceptible de revisión por parte de este recurso extraordinario al ser esta una sentencia de segunda instancia en un proceso sumario, cumpliendo así con el ordinal primero del artículo 1164 del Código Judicial y su cuantía excede el monto fijado en el numeral segundo del artículo 1163 de nuestra ley de procesos civiles.

La casacionista en su libelo presentó la causal "infracción de normas sustantivas de derecho en concepto de violación directa" lo que a criterio de la impugnante ha sido decisivo en la resolución de alzada.

La causal se compone de un único motivo, donde se plasma de forma concreta lo que para el Primer Tribunal Superior se infirió de los hechos acreditados y cómo esa situación infringe por omisión un derecho sustantivo: el derecho de la demandada a peticionar el reembolso de dinero de los gastos de conservación y

mantenimiento como comunera. Además, se explica de manera diáfana la influencia del supuesto error en el resultado adverso. Para la Sala Civil hay cargo de acuerdo con el concepto invocado.

La casacionista señaló como normas infringidas los artículos 403 del Código Civil, 1348 y 231 del Código Judicial. Los comentarios sobre la forma en que dichos preceptos han sido vulnerados mantienen armonía y congruencia con el motivo expuesto; por consiguiente, la causal será admitida.

La segunda causal de fondo es "infracción de normas sustantivas de derecho en concepto de aplicación indebida" que influyó directamente en la decisión.

La causal se compone también de un único motivo en donde la casacionista exhibe que del "examen del expediente se evidencia que lo pretendido en la demanda es el reembolso en dinero de los gastos de conservación y mantenimiento del bien en común"; no obstante, el Tribunal Superior se equivoca cuando aplica de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR