Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2012
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

A fin de emitir pronunciamiento de mérito, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia entra a conocer el recurso de casación interpuesto por HACIENDA LOMA L., S.A. contra la Resolución de 13 de noviembre de 2009 proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, en el proceso ordinario que la recurrente le sigue a THE SCOTTS COMPANY LLC., SCOTTS-SIERRA HORTICULTURAL PRODUCTS COMPANY y B.S..

ANTECEDENTES

La firma forense P., Moreno & Asavat, en representación de HACIENDA LOMA LINDA, S.A. entabló demanda que dio inicio al proceso ordinario seguido a THE SCOTTS COMPANY LLC., SCOTTS-SIERRA HORTICULTURAL PRODUCTS COMPANY y B.S., personas domiciliadas en los Estados Unidos de América, el cual tiene por objeto una serie de declaraciones y condena cuya cuantía asciende a US$18,500,000.00 en concepto de daños y perjuicios materiales y morales y lucro cesante, mas los intereses, costas y gastos del proceso.

En lo medular de los hechos de la demanda, H.L.L. le imputa a los demandados los perjuicios sufridos por aquella en sus plantaciones de orquídeas, hecho ocurrido en la República de Panamá, a consecuencia de un fertilizante vendido por estos, lo cual le produjo pérdidas millonarias a la demandante.

Según las constancias procesales, la demanda fue presentada ante la Corte de Circuito del Circuito Judicial Undécimo para el Condado de Miami-Dade, Florida, Estados Unidos de América, la cual fue contestada por los demandados y, posteriormente, estos presentaron solicitud de declinación del conocimiento de la causa, con fundamento en el forum non conveniens.

El tribunal de la causa negó la solicitud de los demandados mediante resolución que fue recurrida ante la Corte de Apelaciones de Florida, del Tercer Distrito, la cual revocó la decisión proferida por la Corte de Circuito del Circuito Judicial Undécimo para el Condado de Miami-Dade, Florida.

La Corte de Circuito del Circuito Judicial Undécimo para el Condado de Miami-Dade declinó el conocimiento del proceso hacia la jurisdicción de los tribunales de la República de Panamá, de conformidad con la doctrina del forum non conveniens.

En consecuencia, la demandante formalizó la correspondiente demanda, acompañada de las pruebas documentales que se estimaron pertinentes, debidamente traducidas y autenticadas, ante la jurisdicción de la República de Panamá, la cual quedó radicada en el Juzgado Quinto de Circuito, de lo Civil, del Primer Circuito Judicial de Panamá, el cual dictó el Auto No.1180 de 27 de noviembre de 2007 por el cual se inhibe de conocer del proceso y no admite la demanda por incompetencia, con fundamento en la Ley 32 de 1 de agosto de 2006 que establece disposiciones sobre resolución de conflictos internacionales en materia de derecho privado, la cual adiciona un capítulo al Título XII del Código Judicial.

La firma forense Alemán, C., G. &L. en su condición de gestores oficiosos de THE SCOTTS COMPANY LLC. apeló el referido auto. Otro tanto hizo la representación judicial de la demandante, con la particularidad que esta última, lejos de mostrar inconformidad con el referido fallo,...

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