Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 30 de Julio de 2004

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución30 de Julio de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.H., actuando en nombre y representación del SINDICATO INDUSTRIAL NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA HARINA Y AFINES (SITHA), ha presentado Recurso de Casación Laboral contra la sentencia de 7 de noviembre de 2003, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial de Panamá, dentro del proceso: SINDICATO INDUSTRIAL NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA HARINA Y AFINES (SITHA) -VS. INDUSTRIAS ELDI S.A.

La resolución impugnada confirma la Sentencia No. 37 de 21 de junio de 2003, expedida por el Juzgado Segundo de Trabajo de la Primera Sección, que resolvió negar las declaraciones pedidas por SITHA, para que se reconociera como "ilegal" la decisión de la empresa INDUSTRIAS ELDI S.A., de suspender labores.

El Magistrado Sustanciador procede a examinar el libelo, en vías de determinar si cumple con los requisitos consignados en la ley para su admisión, y en este punto se percata que la iniciativa procesal que nos ocupa no puede ser admitida, por las razones que se explican de seguido:

En primer término, el Tribunal de Casación reitera que la decisión del Tribunal Superior de Trabajo cuya casación se solicita, confirma la decisión del Juzgado Segundo Seccional de Trabajo de negar las peticiones formuladas por el SINDICATO INDUSTRIAL NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA HARINA Y AFINES (SITHA), por estimar que carecía de facultades para pronunciarse sobre lo pedido.

En ese sentido, conviene explicar que de acuerdo a los antecedentes de este proceso, el empresa INDUSTRIAS ELDI S.A., había solicitado a la Dirección General de Trabajo, autorización para la suspensión de labores de 23 trabajadores, de conformidad con lo previsto en el artículo 199 numeral 8 del Código de Trabajo. Esta autorización fue concedida mediante Resolución No. 63-DGT-00 de 29 de agosto de 2000.

Los trabajadores de la empresa ELDI presentaron recurso de apelación contra la decisión de la Dirección General de Trabajo, siendo confirmada tal decisión por el Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través de la Resolución DM 13/2001 de 15 de enero de 2001.

Seguidamente, el SINDICATO INDUSTRIAL NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA HARINA Y AFINES (SITHA) presentó ante los Juzgados Seccionales de Trabajo, una demanda contra la empresa INDUSTRIAS ELDI, con la finalidad de que se declarara "ilegal" la suspensión de labores, así como la paralización y cierre de la empresa durante el período de suspensión, y solicitando el pago a los trabajadores de los salarios...

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