Resolución J.D. Nº 048 de 4 de diciembre de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL SE DECRETAL EL ESTADO DE EMERGENCIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE TRANSPORTE Y MOVILIDAD URBANA DE LA CIUDAD DE PANAMÁ".

República de Panamá

Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre

Resolución Nº JD -048

(de 4 de diciembre de 2008)

"Por medio de la cual se decretal el estado de emergencia para la ejecución del Programa de Transporte y Movilidad Urbana de la Ciudad de Panamá".

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO

Que la Ley No. 22 de 2006, establece las reglas y los principios de obligatoria observancia en las contrataciones públicas.

Que el artículo 31 de la Ley No. 22 de 2006, tal cual fuera modificado por el artículo 5 de la Ley 41 de 10 de julio de 2008, establece la forma en que la entidad licitante debe cumplir con la publicidad de la convocatoria de los actos públicos, para la selección de contratista.

Que el artículo citado, en su numeral dos (2), señala un término de publicación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra", para las convocatorias de selección de contratista, el cual debe ser no menor de cuarenta (40) días calendarios, para los contratos que exceden de la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL BALBOAS CON 00/100 (B/.175,000.00).

Que dicho artículo indica que la entidad contratante podrá establecer un plazo menor a lo dispuesto en el numeral referido que, en ningún caso podrá ser menor de diez días calendario, en circunstancias especiales.

Que el literal c del artículo 31, de la Ley 22 de 2006, modificado por la Ley 41 de 2008 y el literal c del artículo 97 del Decreto Ejecutivo 366 de 2006, "Que reglamenta la Ley de Contratación Pública", señalan que cuando se produzca un estado de emergencia, debidamente acreditado, por la entidad contratante, que haga impráctico o no viable cumplir con el plazo previsto, previa resolución al respecto, la entidad contratante publicará la convocatoria en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "Panamá Compra" con una antelación no menor de diez (10) días hábiles de la fecha en que se celebrará el acto.

Que la necesidad de establecer los mecanismos para la implementación del sistema de movilización masivo de pasajeros, realmente es problema de Estado, ya que por un lado la situación infrahumana en que deben enfrentarse los usuarios de este servicio durante cualquiera momento que utilizan el servicio de transporte terrestre, y por el otro lado escandalosas cifras de muertes de humildes ciudadanos panameños. Situación que atenta contra los derechos esenciales de los usuarios del servicio que...

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