Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Julio de 1996

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución19 de Julio de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense ICAZA, GONZÁLEZ-RUIZ & ALEMÁN, en representación de CHADIA INTERNACIONAL, S.A., ha interpuesto Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nula, por ilegal, la Resolución Nº 214-04-0057 de 14 de febrero de 1996, expedida por el Administrador Regional de Ingresos de la Provincia de Colón, actos confirmatorios y para que se hagan otras declaraciones, relacionados con una multa por el monto de OCHOCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BALBOAS CON TREINTA Y UN CENTÉSIMOS (B/.860,344.312), por haber incurrido en Defraudación Fiscal.

El Magistrado Sustanciador procede a examinar la demanda a efecto de determinar si la misma cumple con los presupuestos procesales establecidos en las leyes rectoras de estos procesos contencioso administrativos (Ley 135 de 1943 modificada por la Ley 33 de 1946), que hagan procedente su admisión.

El ordinal 2 del artículo 74 de la Ley 135 de 1943, establece que no habrá lugar a la suspensión provisional en los casos referentes a las acciones sobre monto, atribución o pago de impuestos, contribuciones o tasas. Como se aprecia no menciona las multas, que en consecuencia se entiende que puede pedirse la suspensión de un acto administrativo que sanciona con pena de multa; de aquí que igualmente pueda sostenerse que en estos casos no se requiere la comprobación de haberse consignado en calidad de depósito, la suma correspondiente a la pena de multa impuesta, como sí lo requiere el artículo 49 de la Ley 135 de 1943, para impuestos o créditos definitivamente liquidados a favor del Tesoro Nacional. Por ello estima el Magistrado Sustanciador que es procedente admitir la demanda, sobre todo que la doctrina de la Corte en esta materia no es uniforme y por estimar que el acceso a la jurisdicción en estos casos no puede ni debe negarse.

En consecuencia, el Magistrado Ponente, en representación de la Sala Tercera, Contencioso-Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley RESUELVE:

  1. ADMITIR la Demanda...

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