Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Agosto de 2007

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Se encuentra en el despacho del Magistrado Sustanciador, en etapa de admisión, la demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción interpuesta por la firma Malek, F. & Asociados en representación de UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PANAMÁ, para que la Resolución NºD.G.952-2005 del 24 de octubre de 2005, emitido por la Caja de Seguro Social, sea declarada nulo por ilegal, al igual que su acto confirmatorio; y para que se hagan otras declaraciones

Al examinar el libelo, se advierte que el actor

solicitó ante la autoridad copia autenticada del acto demandado y sus actos

confirmatorios, gestión que resultó

infructuosas, por lo que solicitó al Ponente que requiriera dicha

documentación al funcionario correspondiente, tal como lo establece como lo dispone el artículo 46 de la Ley 135

de 1946, asunto que debe atenderse de manera previa a la admisión de la

demanda.

Conforme a lo estipulado por el artículo 62 de la Ley 135 de 1943, concordante con los artículos 793 y 1280 del Código Judicial, esta S. tiene la potestad para dictar autos de mejor proveer con la finalidad de aclarar los puntos dudosos u obscuros de la controversia.

Por tanto, considerando que es menester para decidir si es admisible la presente controversia, solicitar copia autenticada del documento impugnado y de sus actos confirmatorios, con sus respectivas constancias de notificación, a fin de cumplir con el...

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