Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Abril de 2013

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución23 de Abril de 2013
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El Licenciado E.A., en represenación de ASOCIACIÓN BANCARIA DE PANAMÁ, para que se declare nula, por ilegal, el Acta No. 001-2012 de 7 de febrero de 2012, emitida por Comisión de Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI). Acompaña a la demanda solicitud, por medio del cual se requiere que previo al trámite de admisibilidad de la misma, el magistrado S. solicite copia debidamente autenticada del Acta No. 001-2012 de 7 de febrero de 2012, emitida por la Comisión de Fondo Especial de Compensación de Intereses y presidida por la Superintendencia de Bancos de Panamá, para que expida y certifique en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 135 de 1943 y 27 de la Ley 33 de 1946. Con relación a lo antes indicado, podemos señalar que el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, establece lo siguiente: "Artículo 46. Cuando el acto no ha sido publicado, o se deniega la expedición de la copia o la certificación sobre publicación, se expresará así en la demanda, con indicación de la oficina donde se encuentre el original, o del periódico en que se hubiere publicado, a fin de que se solicite por el sustanciador antes de admitir la demanda". En vista que la solicitud del demandante se ajusta a lo contemplado en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR