Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 20 de Marzo de 2020

PonenteCarlos Alberto Vásquez Reyes
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2020
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Carlos Alberto Vásquez Reyes

Fecha: 20 de marzo de 2020

Materia: Acción contenciosa administrativa

Plena Jurisdicción

Expediente: 768-19

VISTOS:

En grado de apelación, conoce el resto de los Magistrados que integran la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, la Demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción, interpuesta por la Sociedad Civil Othón & Asociados, actuando en nombre y representación de R.G.J., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución No. 21-2018 Cargos de 13 de noviembre de 2018, emitida por el Tribunal de Cuentas, así como su acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

El Procurador de la Administración apeló la decisión adoptada por el Magistrado Sustanciador, de admitir el caso bajo examen, a través de la Resolución de 10 de diciembre de 2019, alegando mediante Vista Número 028 de 6 de enero de 2020, que no es admisible toda vez que, el acto acusado de ilegal, no se enmarca dentro de lo establecido en el artículo 43a de la Ley 135 de 1943, modificada por la Ley 33 de 1946, al señalar que: "... el actor hace una solicitud del restablecimiento del derecho subjetivo que considera le fue vulnerado, de una forma excesivamente generalizada; es decir, más allá de lo señalado por la jurisprudencia, requisito cuyo cumplimiento es indispensable para que este tipo de demanda sea admitida por el Tribunal."

Por tales razones, le requiere a la Sala revoque la Providencia de 10 de diciembre de 2019, y en su lugar, no admita la Demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción examinada.

Por otro lado, se advierte que el demandante no presentó oposición al Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador de la Administración.

Decisión del Tribunal de Apelación

Atendidas las alegaciones expuestas por el apelante en torno a la admisibilidad de la presente demanda, le corresponde al resto de los Magistrados de la Sala Tercera, adoptar la decisión considerando lo siguiente:

Observa este Tribunal que, mediante la Resolución de 10 de diciembre de 2019, el Magistrado Sustanciador admitió la Demanda Contenciosa Administrativa de Plena Jurisdicción, entendiéndose que la misma cumplía con los requisitos de admisibilidad que debe cumplir toda acción que se interponga ante esta jurisdicción.

La posición del apelante, se centra en que la demanda no cumplió con el requisito de admisibilidad estipulado en el artículo 43a en la Ley 135 de 1943, que, establece que, si la acción intentada es la de nulidad de un acto administrativo, se individualizara éste con toda precisión; y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR