Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 19 de Marzo de 2008

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2008
EmisorSala Tercera de lo Contencioso Administrativo

VISTOS:

El Licenciado C.F.U., quien actúa en nombre y representación de I.V.D.T., ha promovido una Demanda Contencioso-Administrativa de Plena Jurisdicción para que se declare nulo, por ilegal, el Decreto de Personal N° 90 de 11 de octubre de 2004, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el cual se resolvió dejar sin efecto su nombramiento. Adicionalmente solicita se declare la ilegalidad de los actos confirmatorios y que se efectúen otras declaraciones.

En base a lo que estipula el artículo 46 de la Ley 135 de 1943, la demandante ha solicitado a este Despacho se oficie a la autoridad demandada, a fin que proporcione una copia de la resolución administrativa impugnada, toda vez que a pesar de los requerimientos efectuados a la autoridad demandada, no ha sido factible su obtención (ver fojas 8 y 41).

La Sala tiene potestad para dictar autos de mejor proveer con la finalidad de aclarar los puntos dudosos u obscuros de la controversia, tal como lo estipula el artículo 62 de la ley 135 de 1943, concordante con los artículos 793 y 1280 del Código Judicial.

Por tanto, considerando la solicitud efectuada por la parte demandante, cuya finalidad consiste en obtener documentación esencial para la tramitación de la...

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