El principio de presunción de inocencia en el proceso penal panameño

AutorMgter. Carlos Enrique Herrera Ruiz
Páginas170-180

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III Introducción

A pocos meses que se aplique el Código de Procedimiento Penal (Ley 63 del 28 de Agosto del año 2008), en toda la República de Panamá, es decir en los cuatro distritos judiciales, cobra mayor importancia el tema de los Derechos, Principios y Garantías Procesales, los cuales entraron a regir en todo el país a partir de 2 de Septiembre del año 2011.

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Pero no es hasta el próximo 2 de septiembre del año 2016, donde entra a regir el Código de Procedimiento Penal, en toda la República de Panamá, así quedó dispuesto mediante la Ley 48 del 21 Septiembre de año 2009, donde se estableció de forma clara la implementación de forma progresiva en los cuatro distritos judiciales, tomando en cuenta lo dispuesto en el artículo 555, del C.P.P., dos aspectos importantes, el primero la disponibilidad presupuestaria del Estado y el segundo la capacitación constante del recurso humano, este último tema que va obligar tanto al Ministerio Público como al Órgano Judicial una capacitación constante de cada uno de sus funcionarios en materia de Derecho Procesal Penal, Derecho Penal, y sobre todo en materia de Derechos Humanos en entre otros.

Una vez más queriendo aportar, nuestra opinión, abordaremos como tema: EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN EL NUEVO PROCESO PENAL PANAMEÑO, principio que por su propia naturaleza es interesante y más interesante va hacer su aplicación, la cual obligará a su estricto cumplimiento por parte de los Fiscales, Defensores, Jueces y todos los intervinientes dentro del proceso.

El principio de presunción de inocencia, podemos considerarlo como uno de los pilares del proceso penal acusatorio, reconocido como el derecho que tiene toda persona a que se presuma su inocencia en tanto no recaiga sobre ella una sentencia condenatoria.

IV Antecedentes del Principio de Presunción de Inocencia

Doscientos años antes de Cristo, el jurista romano Ulpiano dijo en una de sus tantas recopilaciones: “Es preferible dejar impune el delito de un culpable que condenar un inocente”. De alguna manera esa idea persistió no sólo entre los romanos sino en las naciones tocadas por la inluencia de ese imperio; con el agregado de bondad y compresión incorporado por el cristianismo.

Más tarde durante la Edad Media, el sistema de “justicia” se sustentaba en una represión sólo explicada por las ansias de poder absoluto de unos pocos; eran normas precarias en cuanto a garantías de aquel que se le haya acusado; la clase gobernante no tenía prejuicio alguno en admitir pruebas ilegales y en recurrir al uso indiscriminado de la tortura como un medio válido para obtener la confesión.

El acusado no era considerado un simple sospechoso; antes bien, se le estimaba y se le trataba como culpable; por tanto, a él le correspondía el deber de destruir las pruebas o las simples conjeturas de culpabilidad, para demostrar su inocencia.

Al inalizar esa época emblemática de la inquisición (1670), en Francia se dictó una ordenanza que incluía el siguiente párrafo: “Todos se presumen buenos mientras no se pruebe que son malos”2. Fue esa ordenanza la que posteriormente (segunda mitad del siglo XVIII) motivó severas críticas de Voltaire, quien postuló desde entonces el juzgamiento por jurados en juicio oral y público y se pronunció a favor de otras garantías para el acusado: asistencia de defensor, íntima convicción en la valoración de la prueba, supresión de la tortura.

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En Italia BECCARIA también consideró de un rango predominante al mismo principio en su Tratado de los delitos y de las penas (1764)3, en una parte de su capítulo XVI, dice: “…no se debe atormentar a un inocente, porque tal es, según las leyes, un hombre cuyos delitos no están probados”.

Incluso este humanista italiano fue más allá en el tema de considerar la inocencia como un principio básico del proceso penal, pues se opuso abiertamente al encarcelamiento preventivo, al cual consideraba una pena anticipada, y que por tanto sólo podía aplicarse cuando se actualizaran suicientes requisitos legales.

En la misma tónica se pronunció por la conveniencia de separar los recintos carcelarios entre acusados y convictos, razonando que: “un hombre no puede ser llamado reo antes de la sentencia del juez, ni la sociedad puede quitarle la pública protección sino cuando esté decidido que ha violado los pactos bajo los que le fue concedida”4.

Desde un punto de vista histórico, podemos mencionar que la presunción de inocencia es una idea inherente al ser humano considerado como un ser social, la cual se ha manifestado en diversas épocas de la humanidad.

V Concepto

El Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia deine la inocencia como “el estado del que está limpio de culpa” y “excepción de culpa en un delito o en una mala acción”. A su vez dice que inocente es “el que está libre de culpa” y “el que no daña, el que no es nocivo”. Considerando las raíces de las dos palabras que conforman el axioma, “presunción” viene del latín praesumptio ónis, que se traduce como “idea anterior a toda experiencia”; por su parte, “inocencia” deriva de innocens entis que en latín signiica virtuoso, calidad del alma de quien no ha cometido pecado5.

LUZÓN CUESTA, José María, establece que la presunción de inocencia es un derecho subjetivo público, que posee su eicacia en un doble plano, por una parte, opera en las situaciones extraprocesales y constituye el derecho a recibir la consideración y el trato de no autor o no participe en hechos de carácter delictivos o análogos, por otro lado opera fundamentalmente en el campo procesal con inluencia en el régimen jurídico de la prueba.

Por su parte, ROMERO ARIAS6, señala que la presunción de inocencia es un derecho fundamental que tiene un contenido normativo procesal que es prédica todos los ciudadanos y en virtud del cual toda persona es inocente hasta que se declare su culpabilidad o responsabilidad en una resolución deinitiva.

Por lo que podemos decir que la presunción inocencia es un principio universal, de rango de derecho fundamental, el cual consiste en considerar que toda persona acusada o imputada de haber cometido un delito, como inocente y que este principio sólo se puede desvirtuar cuando exista una sentencia irme y ejecutoriada.

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VI Naturaleza

La Naturaleza de la Presunción de Inocencia sienta sus bases en postulados que denotan su naturaleza. Es así que siguiendo la doctrina descrita por Miguel Ángel Montañés Pardo7se tiene lo siguiente:

La Presunción de Inocencia como Garantía Básica del Proceso Penal: La presunción de inocencia es, en primer lugar, el concepto fundamental en torno al cual se construye el modelo de proceso penal, concretamente el proceso penal de corte liberal, en el que se establecen garantías para el imputado.

Desde esta perspectiva, la presunción de inocencia constituye, en el ámbito legislativo, un límite al legislador frente a la coniguración de normas penales que implican una presunción de culpabilidad y conllevan para el acusado la carga de probar su inocencia.

La Presunción de Inocencia como Regla de Tratamiento del Imputado: La presunción de inocencia también puede entenderse como un postulado directamente referido al tratamiento del imputado durante el proceso penal, conforme el cual habría de partirse de la idea de que el imputado es inocente y, en consecuencia, reducir al mínimo las medidas restrictivas de derechos del imputado durante el proceso.

La Presunción de Inocencia como Regla de Juicio del Proceso: La principal vertiente del derecho a la presunción de inocencia es su signiicado como regla probatoria del proceso penal. La presunción de inocencia, en este sentido, puede considerarse como una regla directamente referida al juicio de hecho de la sentencia penal, con incidencia en el ámbito probatorio, conforme a la cual la prueba completa de la culpabilidad del imputado debe ser suministrada por la acusación, imponiéndose la...

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