Resolución N° ADM/ARAP-008. Que establece los requisitos y la lista de puertos autorizados para realizar operaciones de carga, transbordo y desembarque para buques de pesca y de actividades relacionadas con la pesca de pabellón nacional de servicio internacional.

Fecha de publicación08 Febrero 2024
Fecha05 Febrero 2024
EmisorAUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUATICOS DE PANAMA
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
AUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ
RESOLUCIÓN ADM/ARAP 008
(De
05
de
febrero de 2024)
Que establece los requisitos y la Lista de Puertos Autorizados para realizar operaciones
de
carga, transbordo y desembarque para buques de pesca y de actividades relacionadas con
la pesca de pabellón nacional de servicio internacional.
EL ADMINISTRADOR GENERAL, ENCARGADO
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 44 de
23
de noviembre de 2006,
se
crea la Autoridad de los Recursos
Acuáticos de Panamá, en adelante la Autoridad, como entidad rectora del Estado para
asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y políticas nacionales de pesca y
acuicultura.
Que los numerales 2 y 7 del artículo
38
de la Ley 44 de 2006, disponen que la Autoridad,
a través de la Dirección General
de
Inspección, Vigilancia y Control, tiene entre sus
funciones, establecer las bases y los parámetros que deberán seguir las normas técnicas
para
el
desarrollo de la
.a~tividad
,pesquera y acuícola; ásí. como la supervisión, la
verificación y la certifi¡;aéióh de· la actualización y el cumplimiento de dichas normas, y
velar, en
coordinació¡;:rc~n:lai
~ntídades
correspondientes, por eteih:jcto cumplimiento de
las disposiciones legªles
¡;
réglaiyentarias que tienen
p()r.objetÓ~t't~Úar
la protección y la
utilización de los
i;~curscis
ácuáti~os.
'\
\
(fl1n)
/
,;~
.
- .
<...>
.
..
·..
. :
·]
. \
-=\\?:
\
Que
el
J?ecreto
~
J.~l!!f~~
13,?.~\0td~
no~1~mb~~d~
202}•f~9lam~.ntanoje
la
Le~
204 de
2021,
d1sp?,ne
~ue
el
rm
smo
:~'htrar~
1
env1g~ncra
n~vental'pias
ca1end~t1]
a partir de su
promulgac10n '
·:I
1
••
1!
..
··
1 11 \
//
) 1 ¡
...
,
::
··
.....
1 !
(L~J
Que el artículo
37_,del
\
pecret~
Ej.ecu~i~o
l3
1
de 2023, dispdne queflatfo:µ.tqridad, mediante
res~lució,n
adm
lf\~
~S~~}!\a
.Y.
~n
\
coo~dinaci~~
con la
Autorida~.~
M'árftijn~
de Panamá,
designara los
pu
e~
es
·
y/.O\s1t1os
de desembarque.
,de
recursos
acu
.
at1c9~
autonzados para la
entrada y uso de
tQ~
hiJtrµes
de\bandera.'panam~fta,
bajo la
confüe,(ók{\~
que cuenten con
los medios
necesa\q~.~~p~r:a'
el
adecuado seguimiento,
con~i;,0
'
1:::
y)
vigilancia, a fin de
prevenir, desalentar
y"elimi~úir
la pesca Ilegal, No Declarada,
N6
Regiamentada (INDNR) .
......
; 1 -
...
' '
,"·:
...
·.:.~\
/
'··
'"'
Que el artículo
31
de
la bey 204 de
18
de marzo de 2021, ·dispone que la Autoridad
adoptará todas aquellas medidas de conservación, ordenación y fiscalización que sean
necesarias para prevenir, desalentar y eliminar la Pesca INDNR, pudiendo reglamentar
aquellas medidas que no estén expresamente contempladas en la Ley, conforme a los
acuerdos, convenios y tratados internacionales.
Que mediante la Resolución ADM/ARAP Nº033 de 20 de junio
de
2023, se establecieron
los requisitos para realizar operaciones de desembarque, para buques de pesca y de
actividades relacionadas con la pesca de pabellón nacional de servicio internacional y se
dictan otras disposiciones, y con la Resolución ADM/
ARAP Nº034
de
21
de junio de
2023, se estableció la Lista de Puertos Autorizados para estos efectos.
Que la Autoridad, reconociendo que la responsabilidad primordial del Estado
de
pabellón es implementar las medidas necesarias para combatir la Pesca INDNR; que las
medidas del Estado rector de puerto son un elemento esencial para prevenir, desalentar y
eliminar estas actividades ilegales; y consciente de la necesidad de aumentar la
coordinación a nivel internacional para combatir este flagelo;
RESUELVE:
"(\e
Pan,,
C.'-'
"/)
....
~'\
~\~I
(
;('IJ(•r.
")
~..
,\'•''
PRIMERO: Se autoriza a los buques de pesca y de actividades
relaci~\có~
,~,~
.esca
de pabellón nacional de servicio internacional, a efectuar operaciones
~e
ca~if.
· rdo f
y desembarque de productos provenientes
de
la pesca, en los puertos
enu~J~
..
:~
~
.
la :
/
~
~
. . '-
~
'-:-
~
~>.:-
,;'/
("'
r¡.
1
e"\
'r/
rh·
'º"
\l.C
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 2
Lista de Puertos Autorizados que consta como Anexo de la presente resolución y que
forma parte integral de la misma.
SEGUNDO: Los buques de pesca y de actividades relacionadas con la pesca de pabellón
nacional de servicio internacional, previo a la entrada y uso de un puerto enunciado
en
la
Lista de Puertos Autorizados, deberán solicitar a la Autoridad su autorización, de la
siguiente manera:
1.
Los capitanes de buques de pesca y de actividades relacionadas con la pesca de
pabellón nacional de servicio internacional, deberán notificar al Centro de Control
y Seguimiento Pesquero de la Autoridad, a los correos electrónicos establecidos
por la Autoridad mediante circular técnica, con un mínimo de veinticuatro (24)
horas previo al arribo, sobre el puerto de destino y fecha estimada de arribo, y
solicitarán su autorización, para lo cual, deberán suministrar la siguiente
información:
a.
Número Internacional de Identificación (IMO), Número de Identificación
del Servicio Móvil Marítimo (MMSI) y nombre del buque;
b.
Nombre del puerto de destino y finalidad de la escala, como desembarque,
transbordo, carga o acceso a servicio;
c.
Fechas de la marea y zonas geográficas pertinentes en las que se han
efectuado las capturas o los transbordos;
d.
Fecha y hora estimada de llegada al puerto;
e.
Cantidades de cada especie anotadas en el cuaderno de bitácora de pesca;
f.
Resumen de lances;
g.
Cantidades
defcada
especie que vayan a .ser cargadas, desembarcadas o
transb9rdaC.fas.
,/·~'-.
..
i
...
,-,D)
\
En caso d/ca'Irt4fü·de puerto, el capitán del buque
defrerá~otifl~ar
nuevamente al
Centro
defS;PJJ;trof
y S
....
egu··.imiento
Pe.
sque.
ro de
la.
Auto·l··idact
Nij:p:'e~iatamente
ocurra
esta
.nov/d!i:~f}j/y/
soli~~·~Í~r
a la
misma
s~,
autoriza~i.~~
prhiá
de \entrada, por los
med10s
nd1caél{Ós.
<:>
·
1
_,.'
' .
¡·.1
1 · --.'
''
· 1
'.
'1·A......
\
r::=:;-J.-/-;'
J\
~
I\\
! " 1 , .
11:
j
,'.L.:_
TERCERO:
O$:_p}e~tos
inclui
·~nla
Lista
de.
Puertos'
Autori'.?~d~
eberán cumplir
co~
uno ? más \
\(
Jo.s
~jguient~friiq1.1
..
isi·~.0S,
siend···
b.·
...
·d liteial'
a)
de
Jst~j"!:jílulo,
de carácter
obhgatono: \º'" \ · :
..
'i ' .
/,';)
a)
Pertenecer\¡:i.
,\n1lJ;$~ado
q'ue
cU:mpÍ~
có~
cdhtroles efectivos
~~1~écción,
vigilancia y
1
\.\\_
\\
/\
. . b'
d.
.
,¡:-
• '
b'
<.>
·1"·
b
l'
contro ,
reg'1$·~t~>·e
1
mtercam 10 e ,lni.ormacion so
,i;e
O§·
. · uques que rea icen
actividades
en\~us
.Pú~rtos.
_
_,:<
\\
//
b) Pertenecer a un
'-E~t:~do
miembro del Acuerdo sobre
rireG\das
del Estado Rector del
Puerto destinadas a'prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR.
c) Estar incluido en la lista de puertos autorizados del Organismo Regional
de
Ordenación Pesquera (OROP) correspondiente.
CUARTO: Para los efectos de lo dispuesto
en
el literal a) del artículo tercero de
la
presente resolución, se entenderá que
en
un puerto se realiza un control efectivo de las
labores de inspección, vigilancia, control, validación, registro e intercambio de
información, si este aplica los siguientes mecanismos mínimos:
Puertos autorizados: Estado Rector facilita a la Autoridad la información relativa a
sus puertos autorizados, incluyendo, como mínimo:
1.
Nombre del puerto designado;
2.
Coordenadas (latitud y longitud) de los puertos autorizados;
3.
Infraestructura para recibir el buque, desembarcar y/o transbordar productos,
incluyendo cadena de frío, sistema de izado y pesaje, y mecanismos de
identificación y clasificación de especies.
Puntos de Contacto: Estado Rector facilita a la Autoridad los puntos de contacto
oficiales para el intercambio de información. Los puntos de contacto.
c.\\.et.krP:11J"
l d '
'X:!'\\.
,
('
e/)¡
mantenerse actua iza os y contener, como mm1mo:
~
.e\'-'"'ª
•l'JJ¡·,(
11
1.
Nombre y dirección de la institución pesquera competente;
~~:-."""'
_..·:·~:,;_'!Y
2.
Nombre y cargo de los oficiales (puntos de contacto) de
ra
ins~itü~~<>tr
::.
3.
~~~~~:e~~~~~~=~ficiales;
,
"']f~~\~
)
4.
Teléfonos.
·:,
~:r~!1
-
~~~:~.
'\~~~
·'iJ
(le lo-. Re'-'-\
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 3
Intercambio de información: Estado Rector facilita a la Autoridad:
1.
Validación, a través
de
inspecciones físicas y documentales de las cantidades
y características de los productos cargados y desembarcados u otra
información que la Autoridad requiera.
2.
Los resultados
de
las inspecciones, los cuales deben contener la información
establecida en
el
Anexo C del Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector
de
Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la Pesca INDNR.
QUINTO: Toda solicitud de entrada y uso de puerto, re-programación o cancelación de
cada operación, deberá ser solicitada y notificada respectivamente
al
Centro de Control y
Seguimiento Pesquero de la Autoridad, a través de los correos electrónicos que sean
establecidos mediante circular técnica de la Autoridad.
SEXTO: El incumplimiento de
lo
establecido en la presente resolución, será sancionado
de conformidad con la Ley 204 de
18
de marzo de 2021 y su reglamentación.
SÉPTIMO: Se deja sin efecto la Resolución ADM/ ARAP
033
de
20
de
junio de 2023 y
la Resolución ADM/ARAP Nº034 de
21
de
junio
de
2023.
OCTAVO: La presente resolución comenzará a regir a los treinta días calendario a partir de
su promulgación.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 44 de
23
de noviembre de 2006, Ley 204 de
18
de marzo de 2021, Decreto Ejecutivo·
13
d de. 2023.
/ ( i
PUBLÍQUESE Y CÚMPLAS .
~
.....
v .
::.~-..!i'
,
.
..,,
, : H:A
I
/l/1
)!lio
\
ffi
:,
':¡:¡,,;
·
~
·
~rm"l
['
/
/
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 4
ANEXO
LISTA DE PUERTOS AUTORIZADOS
UNLOCODE PUERTO
DEBRV
BREMERHAVEN
DECUX
CUXHAVEN
DERSK
ROSTOCK
DESAS
SASSNITZ/MUKRAN
AU PLO PORT LINCOLN
OOSTENDE
BE ANR ZEEBRUGGE
BJ COO COTONU
BG BOJ EYPRAC (BURGAS)
BG V
AR
BAPHA (V ARNA)
CV MIN MINDELO
CL CNL CORONEL
CL CQQ COQUIMBO
CL TAL TALCAHUANO
CL SVE SAN VICENTE
CL V AP V AL P ARAISO
CN DAL DALIAN
CN L YG
,;
LIANYUNGANG
t---------+---____,_-,-----
-
----
--------l'
CN FZG \\ . FUZHOU
CN ZOS ' ZHOUSHAN
CN NBG NINGBO
CN QDG < QINQDAO
CN GZG ,
11
,
·:·::GUANGZHOU
!/
!I'.
CN SHG r
...•
.\'
Sfü'¡\.NGHAI
CN SHD 1
CN XMG 11
\
CN YTG
CYLMS
)l
·! SHIDAO
XIAMEN
YANTA!
,
AEME~O~(LIMAS.S.OL)
PAIS
ALEMANIA
AUSTRALIA
BELGICA
BENIN
BULGARIA
CABO VERDE
CHILE
CHINA
'
.
(~·
.. CMIPRE
CO BAQ \ (\
\\'\,'·
. BARRAN QUILLA
,~·--.·
CóLOMBIA
f--
-----
-+----
~~~-~-
--'--
---
--------l
{~
.....
~
!
CO BUN
\Y~-
J'
.. BUENAVENTURA , ,\ ·
..
/
f--
---
---+---T--~~----'---c-------------l,
CO CTG CARTAGENA 1.
·. )
CO TCO
'<
· TUMACO
CR GLF GOLFITO COSTA RICA
CR PTC PUERTOS CALDERA
CR
LIO PUERTO LIMON
HRPLE
PLOCE CROACIA
HRITTK
RD~A
HR ZAD ZADAR -GAZENICA
HR SPU SPLIT -SJEVERNA LUKA
DK AAL AALBORG DINAMARCA
DK
AAR AARHUS
DK EBJ ESBJERG
DK
FRC FREDERICIA
DK FDH FREDERIKSHA VN
DK
HAN HANSTHOLM
DK
HIR HIRTSHALS
DK
HVS HVIDE SANDE
DK CPH
K0BENHA
VN
DKSKA
SKAGEN
DKSTD
STRANDBY
DKTHN
THYBOR0N
ECMEC
MANTA ECUADOR
EC GYE GUA Y AQUIL
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 5
ECPSJ
POSORJA
SVLUN
LA UNION EL SALVADOR
ESLCG
A CORUÑA ESPAÑA
ES ZJF A POBRA DO CARAMIÑAL
ESALG
ALGECIRAS
ESALC
ALICANTE
ES LEI AL ME RIA
ESACE
ARRECIFE
ESBDF
BARBATE
ESBCN
BARCELONA
ES BIO BILBAO
ESBRL
BURELA
ES CAD CADIZ
ES
CAR
CARTAGENA
ESCAS
CASTELLON
ESCEL
CELEIRO
ES GIJ GIJON
ESHUV
HUELVA
ESLPA
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
ESAGP
MALAGA
ES MAR
MAR
IN
ES PMI PALMA DE MALLORCA
ES PAS /
',
PASAJES
ES PRO PUERTO DEL ROSARIO
ES REA /
...
" · RIBEIRA . . . ·e-
;;-,
\
,____
E_S _
S
_
C
_
T
--
/
~
A
F-c
),
-
í')
~
)
~
/S
_
A
_
N
_
T
_
A
~
C
_
R
_
U
_
.'?-
_
D
_
.E
_
TE
_N_
.
E- R- I-FE- .- -1 ____, \
.y.;?
.\
\
Es
sDR
~~<.j>
¡ 1
.)':.·sANTANDER .
Es
TAR
'\·
C-~;~)
1
f /
\\
T ARRA GON A I
¿~;::-.::1
1
ES VLC I - \ ¡ VALENCIA j
ES VGO \
<::->
VIGO /
Jf:~)
ES VI3 \
~
-~\:-_:.1
\VILAGARCIA
DE,AROUSA /
r.--
/
US DUT \
'\\
DUTCHHARBOR
. ._
\
'\~\
\\
• ' 1
!,
-~,--
.•
,
FRBOL
FRCER
FRGFR
FRBES
GTPRQ
IECTB
IE KBS
FOFUG
FO KVI
FOKOL
FO RVK
FOSKA
FOSMJ
FOSRV
FOTOF
FOTOR
FOTVO
FOVAG
, .
\v,
/UNIDOS
\y'
¡~OULOGNE-SUR"'MER
-~/FRANCIA
'·~~E,RBURGO
EN COTENTIN
..
, GRANVILLE
BREST
PUERTO QUETZAL
CASTLETOWN BEREHA VEN
KILLYBEGS
A SUNDI
FUGLAFJORDUR
HVALBA
KLAKSVIK
KOLLAFJORDUR
RUNDAVIK
SANDUR
SKALA
SKOPUN
S0LDARFJ0RDUR
SORVAGUR
TOFTIR
TORSHAVN
TVOROYRI
VAGUR
-
/
i
GUATEMALA
IRLANDA
ISLAS FARO ES
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 6
FO VES VESTMANNA
SB HIR HONIARA ISLAS SALOMON
IT AOI ANCONA ITALIA
ITBDS
BRINDIS!
ITCVV
CIVIT A VECCHIA
ITFCO
FIUMICINO
ITGOA
GENOVA
ITGIT
GIOIA TAURO
IT SPE LA SPEZIA
IT LIV LIVORNO
ITNAP
NAPOLI
ITOLB
OLBIA
ITPMO
PALERMO
ITRAN
RAVENNA
IT SLC REGGIO CALABRIA
IT SAL SALERNO
ITTAR
TARANTO
ITTPS
TRAPANI
ITTRS
TRIES TE
ITVCE
V;B:NEZIA
JP HKT
.HAK.AT
A/FUKUOKA -JAPON
JP UKB
.:.-
KOBE
>---
JJ
_
PP
_
Mo
_
KS
_
AK
___
1
____
o_·s_A_K_A
___
_
---I
-~~\\
.MAKURAZAKI
JP SGM ' SENDA! "
c:,\\~7)
\
1--
JP_ S_M_Z
--+/
' ,-n/
__,
,'
+-
.1
~
'
---
.
-
SH
~
I
-
M
-
I
_
Z
_
U
__
----
---1
\ V1 \
JP SGM 1 SHIOGAMA \
e/)
\
JP YOS 1
i'
YOKOSUKA j
1_".L--:
1 '
j r:·--,', . . !
KI
TR
W \ TARA W A
iJ
TI
LV RIX
RTGA
1.
''LETONIA
' \ ¡
LV VNT VENTSPILS
LT KLJ KLAIPEDA
'.-..
MT MLA
·vALLETTA
-
NL VLI VLISSINGEN
NLSCE SCHEVENINGEN
NLIJM IJMUIDEN
NLHAR HARLINGEN
NLEEM EEMSHAVEN
NLVEL VELSEN
PA V
AC V ACAMONTE
P A BLB BALBOA
PA PMA PUERTO ARMUELLES
PA ROD PANAMA INTERNATIONAL
PAROD
PACTB
PAMEL
PATBG
PE CLL
PECHM
PE PAi
PTAVE
PT LIS
PTPEN
PTOPO
PTSET
TERMINAL
PETROAMERICA TERMINAL
CRISTOBAL
MELONES OIL TERMINAL
TABOGUILLA
CALLAO
CHIMBOTE
PAITA
AVEIRO
LISBOA
PENICHE
PORTO
SETUBAL
':\·
~tfUANIA
\\
..
_ " 1
_
-~/
MALTA
-/
PAISES
BAJOS
PANAMA
PERU
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 7
' .
PT
SIE SINES
PTVDC
VIANA
DO
CASTELO
PTHOR
HORTA
PTPDL
PONT A
DELGADA
PTPRV
PRAIA
DA
VITORIA
PTCNL
CANIMADEIRA
ROCBD
CONSTANTA RUMANIA
GBPHD
PETERHEAD REINO UNIDO
GBORK
ORKNEY
RULED
ST.PETERSBURG RUSIA
RUVVO
VLADIVOST
OK
SN
DKR
DAKAR
SENEGAL
SCPOV
PORT VICTORIA SEYCHELLES
SG SIN SINGAPU R SINGAPUR
SEELO
ELLOS SUECIA
SEGOT
GÓTEBORG
SEKAA
KARLSKRONA
HANDELSHAMNEN
SEKUN
KUNGSHAMN
SE LYS LISEKIL
SEMLO
MOLLÓSUND
SENOD
NOGERSUND
SERNG
/
RÓNNANG
~
'
. \
SESIM
SIMRISHAMN e
,:
j)\
·' \
.,
_, \
SE SLI
SUTE
\
"Sr-..>\
..
TH
BKK
1 /
1.
¡)
i
BANGKOK
. \
'.
I11AND
IA
1 ( \
TH SRI
SFRACHA
\
r=71
1 1 1
TH
SGK
e:~
SONGKHL.~
/•
! .c.-::.J 1
TR
CES L ' \ 1 .
CESME
':. : /
~~~H
!
QUIA
TR
MER
1 ¡ MERSIN -'''-' j
\ .
)l.-",~)
UY MVD \ ' \
MONTEVIDEO
·-·ÜRWGUAY
\ I
',
-
.•,
. J
·....
.•
':¡;,. í
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR