Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 28 de Enero de 2005

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución28 de Enero de 2005
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El 10 de abril de 2002, el Segundo Tribunal Superior remite a esta Superioridad el recurso extraordinario de casación interpuesto dentro del proceso penal seguido a J.L.R.A., por delito contra la Fe Pública y contra la Administración Pública.

En virtud del mandato contemplado en el artículo 2439 del Código Judicial, el 3 de mayo de 2002 la Sala fijó el presente negocio en lista por 8 días para que las partes tuvieran conocimiento de la llegada del expediente a esta Sala.

Vencido el término de lista, el magistrado S. procedió a verificar si el libelo cumplía con los requisitos establecidos en el precitado artículo y mediante resolución de 18 de septiembre de 2003 decidió admitirlo. Dicha resolución se corrió en traslado al Procurador General de la Nación el cual se notificó el 6 de enero de 2004 y emitió concepto al respecto, mediante Vista Fiscal Nº 3 de 6 de enero de 2004.

El 26 de abril de 2004 se realizó la audiencia oral y pública. Como recurrente y sustituto actuó el licenciado I.B.Q. y por la Procuraduría General de la Nación, el licenciado R.G.M..

Firmada el acta de la celebración de la audiencia se pasó el negocio al Magistrado Ponente para fallar en el fondo.

En este momento procesal se advierte que el licenciado J.L.R.A., Presidente del Partido Político denominado Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (MOLIRENA), con fundamento en el artículo 23 del Decreto 29 de 19 de septiembre de 2003, posee el fuero electoral que concede el artículo 131 del Código Electoral, a partir del 2 de enero de 2004 y hasta tres meses después de cerrado el proceso electoral. De acuerdo al Decreto 33 de 8 de octubre de 2004, se declara oficialmente cerrado el Proceso Electoral correspondiente a las Elecciones Generales del 2 de mayo del 2004, a partir del 18 de octubre de 2004. De lo anterior se desprende que el licenciado ROSAS ABREGO tiene fuero electoral hasta el 18 de enero del 2005.

En vista de...

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