Resolución Nº JD-001-09 de 29 de enero de 2009, 'QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN No. 2 DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2007, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN No. 8 DE 13 DE AGOSTO DE 2008, Y SE DICTA OTRA DISPOSICIÓN'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO PÚBLICO

INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

JUNTA DIRECTIVA

Resolución No.JD-001-09

De 29 de enero de 2009

"Que modifica la Resolución No.2 de 5 de septiembre de 2007, modificada por la

Resolución No.8 de 13 de agosto de 2008, y se dicta otra disposición"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL

INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

En uso de sus facultades legales y reglamentarias;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley No.50 de 13 de diciembre de 2006, se reorganizó el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y la Ley No.69 de 27 de diciembre de 2007, creó la Dirección de Investigación Judicial en la Policía Nacional, se adscriben los Servicios de Criminalística al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones.

Que la Ley No.50 de 13 de diciembre de 2007, en su Artículo 5, numeral 7, dispone que es función de la Junta Directiva ejercer las funciones que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la misión del Instituto.

Que mediante Resolución No.2 de 5 de septiembre de 2007, se adoptó el Reglamento del Cuerpo Orgánico de Médicos Forenses de Panamá y demás funcionarios del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Que la Resolución No.2 de 5 de septiembre de 2007, modificada por la Resolución No.8 de 13 de agosto de 2008, establece como funciones de la Junta Directiva en el Artículo 20, numeral 6, "Negociar, celebrar y otorgar los actos y contratos en que sea parte el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que excedan los Doscientos Cincuenta Mil Balboas (B/.250,000.00)" y en el numeral 7, "Autorizar los gastos, solicitudes, autorizaciones y contrataciones que excedan los Doscientos Cincuenta Mil Balboas (B/.250,000.00)

Que la Resolución No.2 de 5 de septiembre de 2007, modificada por la Resolución No.8 de 13 de agosto de 2008, establece como funciones del Director General en el Artículo 23, numeral 3, "Negociar, celebrar y otorgar los actos y contratos en que sea parte el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que no excedan los Doscientos Cincuenta Mil Balboas (B/.250,000.00)" y en el numeral 4, "Autorizar los gastos, solicitudes, autorizaciones y contrataciones que no excedan los Doscientos Cincuenta Mil Balboas (B/.250,000.00)"

Que la Resolución No.2 de 5 de septiembre modificada por la Resolución No.8 de 13 de agosto de 2008, establece como funciones de la Secretaría...

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