Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 19 de Abril de 2013

PonenteLuis Mario Carrasco M.
Fecha de Resolución19 de Abril de 2013
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS: Conoce la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia de la solicitud de fianza para no ser detenido presentada por la firma forense O. &O., a favor de G.A.G.B.. La parte actora sustenta la fianza para no ser detenido en los siguientes términos: "PRIMERO: ... si bien, nuestro representado estuvo incluido en la resolución de 25 de noviembre de 2010, objeto de la investigación, no menos cierto es que el mismo no era un beneficiario directo de esta medida, habida cuenta que desde el inicio de la investigación sobre la avioneta No. 2538B, nuestro representado no se encontraba privado de libertad; es decir que sólo había orden de detención en su contra, mas nunca estuvo detenido por esta causa, por lo cual resulta contrario al sentido común que participara en una situación tan irregular como la investigada. SEGUNDO: Aunado a lo anterior, los delitos endilgados a nuestro representado, por los cuales mantiene orden de detención, son excarcelables bajo fianza, en atención a lo dispuesto en el artículo 2173 del Código Judicial, modificado por el artículo 12 de la ley 27 de 21 de mayo de 2008... . Dicha norma no excluye del beneficio de la fianza los delitos endilgados (Blanqueo de Capitales y Corrupción de funcionarios Públicos) y además, dispone que el juez determinará de acuerdo con las circunstancias o las evidencias de cada caso en particular si es admisible o inadmisible la petición, ... TERCERO: ... los delitos de Blanqueo de Capitales y Corrupción de Funcionarios Públicos no están vedados del beneficio excarcelario. Aunado a ello, esta norma contiene ahora (en su último párrafo), ...una excepción que permite al Juez conceder fianza, aún cuando se trate de delitos al que la ley niega ese derecho ... ... ... SEXTO: Consideramos, que la medida de detención preventiva ... resulta excesiva para nuestro defendido G.A.G.B., habida cuenta que el mismo no estaba involucrado en las transacciones que relató la imputada MILAGROS VALDES, así como tampoco recibió beneficio directo de la medida dictada el 25 de noviembre de 2010, por la F.ía de Drogas de H. y Los Santos. ... OCTAVO: Consideramos que los delitos endilgados a nuestro defendido son perfectamente excarcelables; aunado a ello solicitamos que se tome en cuenta que a nuestro representado G.A.G.B., le han sido aprehendido provisionalmente todos sus recursos; de forma que la cuantía a establecer, deberá tomar muy en cuenta esta circunstancia, a efectos de no señalar una suma que...

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