Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 20 de Enero de 2004

PonenteArturo Hoyos
Fecha de Resolución20 de Enero de 2004
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado S.H., actuando en nombre y representación de MARÍA JOSÉ PÉREZ DE SILVERA, M.S., R.G.S.P., M.D.C.S.P., R.D.S.P., ha interpuesto tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Ministerio de Economía y Finanzas le sigue a R.D.S. De León.

La aludida tercería excluyente se fundamenta en la Escritura Pública No.8691 de 6 de octubre de 1994 de la Notaría Quinta de Circuito de la Provincia de Panamá. No obstante, advierte la Sala que la copia de dicha escritura la cual fue aportada por los terceristas, no se encuentra autenticada.

En virtud de lo anterior y con fundamento que tiene esta Sala de dictar autos de mejor proveer con la finalidad de aclarar los puntos dudosos y oscuros de la controversia, tal como lo establece el artículo 62 de la Ley 135 de 1943, concordante con los artículos 793 y 1280 del Código Judicial, los Magistrados que conforman la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ORDENAN a los terceristas la aportación al presente expediente del original o, en...

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