Decreto Nº 29-2009-DMySC de 29 de enero de 2009, POR EL CUAL SE APRUEBA EL DOCUMENTO TITULADO 'PROCEDIMIENTOS PARA EL USO Y MANEJO DEL FONDO FIDUCIARIO DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN'.

DECRETO NÚMERO 29-2009-DMySC

(de 29 de enero de 2009)

Por el cual se aprueba el documento titulado "Procedimientos para el Uso y Manejo del Fondo Fiduciario del Servicio Nacional de Migración".

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades constitucionales y legales

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 280, numeral 2, de la Constitución Política de Panamá, establece que la Contraloría General es el ente encargado de fiscalizar y regular, mediante el control, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección, según lo establecido en la Ley.

Que el Artículo 11, numeral 2 de la Ley 32 del 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, establece que para el cumplimiento de su misión, la institución fiscalizará, regulará y controlará todos los actos de manejo de fondos y bienes públicos, a fin de que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido en las normas jurídicas respectivas.

Que el Artículo 36 de la citada Ley dispone que la Contraloría General de la República, dictará reglamentos que contengan pautas que sirvan de base a la actuación de las personas que manejen fondos o bienes públicos.

Que corresponde a la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad a través del Departamento de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos, analizar, diseñar e implementar a nivel del Sector Público, manuales de procedimientos, guías e instructivos, orientados a asegurar la regulación, fiscalización y control de la gestión pública de acuerdo a preceptos constitucionales, legales y principios administrativos de aceptación general, de acuerdo al Decreto 211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007.

Que mediante Nota Núm.219 ODI de 31 de octubre de 2007, suscrita por el Licenciado Daniel Delgado Diamante, Exministro del Ministerio de Gobierno y Justicia, solicita al Señor Contralor General, la implementación de nuevos procedimientos para regular los fondos y bienes públicos en sus dependencias.

Que una vez elaborados estos documentos, deberán oficializarse mediante Decreto, en el cual se establecerá la fecha para su aplicación por la dependencia estatal respectiva, y serán de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos encargados de aplicarlos.

Que este documento ha sido consultado, discutido y aprobado por los responsables de cada una de las unidades administrativas involucradas en el proceso.

Que este documento ha sido revisado y analizado mediante Memorando Núm.182-Leg.-A.J.I. de 19 de enero de 2009, por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Contraloría General de la República, y no ha tenido objeción al respecto.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

Aprobar el documento titulado "Procedimientos para el Uso y Manejo del Fondo Fiduciario del Servicio Nacional de Migración".

ARTÍCULO SEGUNDO

Este documento regirá para el Servicio Nacional de Migración.

ARTÍCULO TERCERO

Este Decreto regirá a partir de su promulgación.

FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 280, numeral 2 de la Constitución Política de Panamá, Artículo 11, numeral 2 y Artículo 36 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General. Decreto Número 211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007.

Dado en la ciudad de Panamá, a los 29 días del mes enero de 2009.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CARLOS A. VALLARINO R.

Contralor General de la República

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

República de Panamá

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Dirección Superior

CARLOS A. VALLARINO R.

Contralor General

LUIS AMADO

Subcontralor General

JORGE L. QUIJADA V.

Secretario General

DIRECCIÓN DE MÉTODOS Y SISTEMAS DE CONTABILIDAD

ELY BROKAMP

Directora

GEONIS BORRERO

Subdirector

ARMANDO ÁLVAREZ

Jefe del Departamento de Procedimientos

de Fondos y Bienes Públicos

CÉSAR G. CASTRO T.

ROMELIO NUÑEZ

Analistas

SERVIO MENDOZA

Analista

Coordinador del Proyecto

República de Panamá

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

Despacho Superior

DILIO ARCIA

Ministro

SEVERINO MEJÍA

Viceministro de Gobierno

RODRIGO CIGARRUISTA

Viceministro de Seguridad

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN

CLOVIS SINISTERRA FRIAS

Director General

TAYRA BARSALLO

Subdirectora General

DORALIDA VELAS

Jefa de Planificación y Desarrollo

EDUARDO E. MIRANDA LAAD

MIREYA DE VASQUEZ

Analistas

MARITZEL H DE CASTILLO

Secretaria

INDICE

INTRODUCCIÓN
  1. GENERALIDADES

    1. Objetivos del documento

    2. Ámbito de aplicación

    3. Base Legal

    4. Características

    5. Gastos Operativos aplicables al Fondo Fiduciario

  2. NORMAS DE CONTROL INTERNO

  3. PROCEDIMIENTOS

    1. PROCEDIMIENTO PARA TRÁMITE DE PAGO

    2. PROCEDIMIENTO PARA LA COMPRA DE ALIMENTOS PARA LOS EXTRANJEROS

      IRREGULARES QUE SE ENCUENTRAN EN LOS ALBERGUES O BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

    3. PROCEDIMIENTO PARA COMPRA DE BOLETO AÉREO PARA FUNCIONARIO DE

      MIGRACIÓN Y EXTRANJERO POR DEPORTACIÓN Y/O EXPULSIÓN

    4. PROCEDIMIENTO POR COMPRA A TRAVÉS DEL FONDO FIDUCIARIO MENORES DE MIL BALBOAS

    5. REGIMEN DE FORMULARIO

INTRODUCCIÓN

La Contraloría General de la República en el uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política y demás disposiciones legales vigentes, en conjunto con el Servicio Nacional de Migración, han desarrollado el documento denominado, "PROCEDIMIENTO PARA EL USO Y MANEJO DEL FONDO FIDUCIARIO, DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN", en este documento se establecen los parámetros relacionados con los procesos para la correcta utilización del Fondo Fiduciario de esta entidad.

En consecuencia, la misma presenta debidamente delimitado dichos procesos claramente definidos los controles internos que los sustentan, con la finalidad de propiciar un nivel de comprensión expedito sobre las responsabilidades ejecutivas y las acciones operativas que deberán cumplirse para lograr el producto requerido.

El apropiado y oportuno cumplimiento de las pautas presentadas, permite garantizar resultados óptimos del uso adecuado de este fondo.

Por consiguiente, se deja establecido que los cambios en el quehacer gubernamental obligan a que los diferentes entes, se mantengan en constantes ajustes, a los que no escapan las normas, procesos, procedimientos y controles contenidos en este producto.

Valoramos el interés de los usuarios, en presentar a la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República, recomendaciones que luego de ser debidamente analizadas y aprobadas, conlleven a modificaciones del presente documento y lo fortalezcan.

Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

  1. GENERALIDADES

    1. Objetivos del documento

      Unificar el criterio técnico que debe prevalecer para la compra de bienes y servicios a través del Fondo Fiduciario, aspectos de seguridad y otros requisitos que han sido emitidos por la Contraloría General de la República.

      Establecer lineamientos y regulaciones que garanticen la ejecución transparente, oportuna y eficiente de la gestión de compra y servicios por medio del Fondo Fiduciario con la finalidad de lograr una eficaz y sostenible regulación del uso de Fondos y Bienes Públicos Gubernamentales.

    2. Ámbito de aplicación

      Todas las unidades administrativas que tienen participación en el proceso de compras de bienes y servicio a través del Fondo Fiduciario, regulado por la Contraloría General de la República.

    3. Base Legal

      LEY Núm. 32 de 8 de noviembre de 1984, "Por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República", (Artículos Núm. 1, 2, 5, 6, 11, acápite 2 y los artículos Núm. 36 y 60).

      LEY Núm. 22 de 27 de junio de 2006 por la cual regula la Contratación Pública y se dictan otras disposiciones.

      DECRETO Núm.366 de 28 de diciembre de 2006, por el cual se reglamenta la Ley Núm.22. Que regula la Contratación Pública y otras disposiciones.

      DECRETO LEY Núm. 3 del 22 de febrero de 2008, "Por la cual se crea el Servicio Nacional de Migración, la Carrera Migratoria y se dictan otras disposiciones", (Artículos Núm. 74-77).

      DECRETO EJECUTIVO 320 del 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto ley 3 del 22 de febrero de 2008.

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